Resolución N° 37-PG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 37/PG/18
Buenos Aires, 19 de febrero de 2018
VISTO:
los Decretos Nº 1510/GCABA/1997 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), Nº
2008/GCABA/2003 y Nº 589/GCABA/2009, la Resolución Conjunta Nº
17/MJGGC/SECLYT/2013, las Resoluciones Nº 130/SECLYT/2014 y Nº
191/SECLYT/2014, y el EE Nº 8046717/MGEYA/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobada por Decreto Nº 1510/GCABA/1997 (texto consolidado por Ley Nº
5.666), dispone en su artículo 33 que comprobada la pérdida o extravío de un
expediente, se ordenará su reconstrucción incorporándose las copias de los escritos y
documentación que aporte el interesado, de los informes y dictámenes producidos, y
haciéndose constar los trámites registrados;
Que, en igual sentido, el Decreto Nº 2008/GCABA/2003, en su artículo 17, establece el
procedimiento para la reconstrucción de expedientes administrativos extraviados;
Que por Decreto Nº 589/GCABA/2009 se aprueba la implementación del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos SADE como sistema integrado de
caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las
actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
facultándose a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias,
complementarias y aclaratorias necesarias;
Que en ejercicio de dichas facultades, mediante Resolución Nº 130/SECLYT/2014, se
aprueba el Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas, previendo
entre otras medidas, el procedimiento para la reconstrucción de los expedientes
administrativos;
Que, asimismo, por Resolución Conjunta Nº 17/MJGGC/SECLYT/2013 se establece
que deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo “EE“ del Sistema
de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, el procedimiento de
reconstrucción de expedientes;
Que con fecha 3 de abril de 2017 la Sra. Tatiana Eugenia Lamm (DNI 23.123.028), en
su carácter de apoderada de la ASOCIACIÓN DE MONJES CISTERCIENSES (CUIT
30-63697472-9), solicita vista y copia del Expediente Nº 35927/1989;
Que mediante PV-2017-11220420-PG, obrante en el EE Nº 8046717/MGEYA/2017, el
Departamento Mesa de Entradas y Salidas de esta Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires informa que se han agotado las instancias de búsqueda
del citado Expediente, dando resultados negativos;
Que, en igual sentido, se han agregado las constancias de búsquedas llevadas a cabo
en las dependencias involucradas de esta Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, resultando las mismas infructuosas;
Que, al respecto, el artículo 19 del Anexo I de la Resolución Nº 130/SECLYT/2014
establece que "Los expedientes que deban ser reconstruidos, deben serlo en soporte
electrónico...", y en su inc. 1) prevé que "Comprobada la pérdida o extravío de un
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5321 - 23/02/2018

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