Resolución N° 37 - Letra: A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Noviembre de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 227
CORDOBA, (R.A.) MARTES 2 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ADMINISTRACIÓN
A CARGO DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º APROBAR el ajuste de la Orden de Compra N° 2020/000144
del Ejercicio 2021, por un importe de PESOS UN MILLÓN CINCO MIL
CIENTO CINCUENTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 1.005.150,30.-) por
diferencia de cotización de moneda extranjera en la Subasta Electrónica
Inversa - Cotización N° 2020/000043 realizada con el objeto de la adquisi-
ción de equipamiento informático para la Dirección General de Catastro, a
favor de la rma PENTACOM S.A. (C.U.I.T. 30-67863873-7).
Artículo 2º IMPUTAR el egreso en concepto de diferencia de coti-
zación conforme lo dispuesto por el Artículo 40 de las Condiciones de
Contratación -Generales y Particulares- que como Anexo I forma parte
integrante de la Resolución N° 028/20 de la Secretaría de Ingresos
Públicos que adjudica la Subasta Electrónica Inversa - Cotización N°
2020/000043 por la suma de PESOS UN MILLÓN CINCO MIL CIENTO
CINCUENTA CON TREINTA CENTAVOS ($1.005.150,30.-) al Programa
153-001, Partida 11.01.05.00 “Equipos Tecnológicos” del P.V.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
FDO.: JAVIER P. FERRARO, DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
- DIRECCIÓN GRAL. DE COORD. OPERATIVA - MINISTERIO DE FINANZAS
ANEXO
Resolución N° 37 - Letra:A
Córdoba, 25 de agosto de 2021
VISTO: El expediente Nº 0032-048814/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial N° 273/2020, se rescindió la contra-
tación efectuada con la rma PRESTACIONES INMOBILIARIAS S.R.L., adju-
dicada por Resolución Ministerial N° 254/19, para la ejecución de la obra “Re-
funcionalización de la Sede Central del Registro General de la Provincia, sita en
calle Santa Cruz N° 255 esquina calle Luis de Azpeitía – Ciudad de Córdoba”
Que en consecuencia resulta procedente aprobar el Ajuste de la Orden
de Compra N° 2019/000117, correspondiente a la Jurisdicción 1.15-Ministe-
rio de Finanzas-, Programa 155-001, Partida 12.06.00.00 “Obras – Ejecu-
ción por Terceros”.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas,
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRACIÓN A CARGO
DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º APROBAR el Ajuste de la Orden de Compra N°
2019/000117, correspondiente a la Jurisdicción 1.15 -Ministerio de Fi-
nanzas-, Programa 155-001, Partida 12.06.00.00 “Obras – Ejecución
por Terceros”, por un importe de PESOS MENOS VEINTISIETE MI-
LLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS
CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ -27.360.926,36.-), con motivo de
la rescisión de la contratación, con la firma PRESTACIONES INMOBI-
LIARIAS S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71416100-4), que fuera dispuesta por
Resolución Ministerial N° 273/2020.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tr ibunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
FDO.: JAVIER P. FERRARO, DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ADMINISTRACIÓN -
DIRECCIÓN GRAL. DE COORD. OPERATIVA - MINISTERIO DE FINANZAS
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Resolución N° 829
Córdoba, 17 de septiembre de 2021
EXPEDIENTE N° 0045-023303/21.-
VISTO: Las presentes actuaciones que tratan del llamado a Licitación Pú-
blica para la contratación de la Obra de la referencia, cuyo Presupuesto
Ocial Actualizado asciende a la suma de $40.364.413,79. Y
CONSIDERANDO:
Que al acto de apertura de propuestas, el cual tuvo lugar el día 30 de
Agosto de 2021, se presentaron las ofertas de que da cuenta el Acta res-
pectiva que obra en autos.
Que la Comisión de Evaluación de Ofertas designada al efecto, mediante
actuación obrante en autos, ha procedido al estudio de dichas propuestas, sur-
giendo del informe elaborado sobre el particular que: “…de conformidad con el
referido análisis comparativo efectuado a tenor de lo dispuesto por el Art. 10.5
del PPC, como así también de la documentación obrante en autos, es criterio

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