Resolución N° 37

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 217
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Nº 90.719 Capital (11).
Que a fs. 1 del F.U. 170 de autos el señor Ministro de Educación solicita
a la Secretaría General la afectación de dicho inmueble a los nes de la
construcción del Centro Educativo de Nivel Inicial “General Francisco Ortiz
de Ocampo”.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo
128 del Decreto Reglamentario Nº 525/95 de la Ley Nº 7631, lo informado
por Contaduría General de la Provincia al Nº 011-627/16 y de acuerdo con
lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
758/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AFECTAR al Ministerio de Educación el inmueble ubicado
en calle Salta N° 350 de la Ciudad de Córdoba, inscripto a nombre de la
Provincia de Córdoba en la Matrícula N° 90.719 Capital (11) con destino
a la construcción del Centro Educativo de Nivel Inicial “General Francisco
Ortiz de Ocampo”.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA
GENERAL Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 37
Córdoba, 1 de noviembre de 2016
VISTO:
El Expte.: 0045-015874/2011/A15 en el que ARC S.R.L. solicita el pago
de intereses de los certicados 6, 7, 8 y 9 de la obra Puente vado sobre el
Río Suquía en el camino Piquillín-El Quebracho, Departamento Río Prime-
ro, contratada en Expte.: 0045-015874/2011.
Y CONSIDERANDO:
Que de la Escritura Pública 68 Sección B, cuya copia auténtica obra a
fs. 25, surge que el peticionante ha cedido al Fideicomiso de Administra-
ción y Garantía AMADGAR “la totalidad de los derechos crediticios pasa-
dos, presentes y futuros” de los que sea beneciaria y deban ser abonados
por la Dirección Provincial de Vialidad.
Que la situación fáctica descripta tiene su encuadramiento en el Códi-
go Civil y Comercial de la Nación en cuanto dispone que, desde la cesión,
el cedente se aparta de sus derechos y obligaciones, los que son asumi-
dos por el cesionario (Art. 1637).
Que, en consecuencia, el recurrente carece de personería legitimante
para formular el reclamo, por lo que el mismo resulta improcedente.
Por ello, Por ello, de acuerdo a lo prescripto por la Ley 7850 en su artículo
41; con fundamento en el artículo 1637 del Código Civil y Comercial de la
Nación; y atento al Informe 006/16 de la División Asuntos Legales,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) RECHAZAR el reclamo de intereses sobre los certicados 6, 7, 8
y 9 de la obra Puente vado sobre el Río Suquía en el camino Piquillín-El
Quebracho, Departamento Río Primero, contratada en Expte.: 0045-
015874/2011 solicitados por ARC S.R.L.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO: CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GENERAL DE LA DI-
RECCION GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN: LILIANA LOPEZ

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