Resolución N° 37 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Febrero de 2018
EmisorAdministración Provincial del Seguro de Salud
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 34
CORDOBA, (R.A.) LUNES 19 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
DEL SEGURO DE SALUD
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- FIJASE el valor de pesos Novecientos Setenta ($ 970)
a los aportes a cargo de los beneciarios Voluntarios Indirectos y para los
nietos menores de seis (6) años en la suma de pesos Mil Cuatrocientos
($ 1.400), sin perjuicio de los nuevos valores correspondientes a recargo
por edad cuyos valores se acompañan a la presente como Anexo I, con
vigencia a partir del 01 de marzo de 2018, en virtud de los considerandos
expuestos precedentemente.-
Artículo 2º.- INSTRUYASE a la Sub Dirección de Jurisdicción Econó-
mica Financiera, Area de Comunicaciones y al Departamento de Proyectos
Informáticos a tomar las medidas pertinentes, a n de implementar lo dis-
puesto precedentemente.-
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y Archíve-
se.-
FDO: POR : CR. RAÚL GIGENA – PRESIDENTE / DR. CARLOS RICHARTE AGUIAR
– VICEPRESIDENTE / AB. GUSTAVO ALIAGA – VOCAL / SR. WALTER VILLARREAL
– VOCAL
ANEXO: https://goo.gl/XNf25m
Resolución N° 37
Córdoba, 14 de febrero de 2018
VISTO el Expediente Nº 0088-111582/2017 de la Administración Provincial
del Seguro de Salud (A.Pro.S.S.) y,
CONSIDERANDO
Que mediante el citado Expediente se tramitó el incremento de valores
a cargo de los aliados Voluntarios Directos.
Que a tenor del valor de los aportes personales de los aliados Obli-
gatorios, se considera pertinente actualizar los valores de los ingresos a
cargo de los aliados Voluntarios Directos de esta Administración.
Que se advierte que existe un disparidad importante entre el ingreso
a cargo de los aliados Voluntarios Directos y el ingreso promedio de los
aliados Obligatorios Directos.
Que habida cuenta de que las prestaciones que brinda APROSS son
iguales para todos los aliados y están asentadas en el principio de soli-
daridad; resulta conforme al principio de equidad ajustar el ingreso a cargo
de los Voluntarios Directos a igualar el aporte promedio de los aliados
Obligatorios Directos.
Que el Directorio de esta APROSS entiende razonable llevar adelante
un ajuste paulatino en etapas para lograr el objetivo propuesto.
Que en este sentido, conforme el presupuesto previsto para el año 2018,
el área competente eleva informe del cual surge que el ingreso promedio
mensual por aliado titular es de $ 2.912,53 y el promedio mensual por
aliado titular más su grupo familiar primario asciende a la suma de pesos
Mil Quinientos Treinta y Seis ($ 1.536).
Que en virtud de ello, el Área de Asuntos Legales toma la intervención
de su competencia y sugiere dar trámite al nuevo valor de los ingresos
fundado en las prerrogativas de la Ley de Creación de APROSS.
Que en el marco de las facultades conferidas al Directorio de esta
A.Pro.S.S. por su norma de creación (Ley N° 9277), corresponde en esta
instancia incrementar en una primera etapa los valores de ingreso a car-
go de los Aliados Voluntarios Directos de esta Administración a la suma
de pesos Mil Cuatrocientos ($ 1.400) discriminando el valor del ingreso
conforme la cantidad de beneciarios por titular, siendo este incremento
correspondiente a la primer etapa y a partir del mes de marzo de 2018, sin
perjuicio de los nuevos valores de recargo por edad cuyos nuevos valores
se acompañan a la presente como Anexo I.
Que el presente acto se dicta de conformidad a los Artículos 8º y 26°de
la Ley N° 9277.
POR TODO ELLO
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
DEL SEGURO DE SALUD
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- FIJASE el valor de pesos Mil Cuatrocientos ($ 1.400) a
los aportes a cargo de los Aliados Voluntarios Directos de esta Adminis-
tración discriminando el valor del ingreso conforme la cantidad de be-
neciarios por titular, sin perjuicio de los nuevos valores correspondientes
a recargo por edad cuyos nuevos valores se acompañan como Anexo I con
vigencia a partir del 01 de marzo de 2018, en virtud de los considerandos
expuestos precedentemente.-
Artículo 2º.- INSTRUYASE a la Sub Dirección de Jurisdicción Econó-
mica Financiera, Area de Comunicaciones y al Departamento de Proyectos
Informáticos a tomar las medidas pertinentes, a n de implementar lo dis-
puesto precedentemente.-
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y Archíve-
se.-
FDO: POR : CR. RAÚL GIGENA – PRESIDENTE / DR. CARLOS RICHARTE AGUIAR
– VICEPRESIDENTE / AB. GUSTAVO ALIAGA – VOCAL / SR. WALTER VILLA-
RREAL – VOCAL
ANEXO: https://goo.gl/JcUFbd
Resolución N° 38
Córdoba, 14 de febrero de 2018
VISTO el Expediente Nº 0088-111582/2017 de la Administración Provincial
del Seguro de Salud (A.Pro.S.S.) y,
CONSIDERANDO
Que mediante el citado Expediente se tramitó el incremento de los
valores del aporte mínimo a cargo de los aliados Obligatorios Directos.
Que a tenor del valor de los aportes personales de los aliados Obliga-
torios, se considera pertinente actualizar los valores del aporte mínimo a
cargo de los aliados Obligatorios Directos de esta Administración.

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