Resolución N 464/GCABA/MAYEPGC/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESOLUCIÓN N 464/GCABA/MAYEPGC/12SE DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1383-MAYEPGC/11

Buenos Aires, 07 de mayo de 2012

RESOLUCIÓN N.° 464/MAYEPGC/12

Buenos Aires, 7 de mayo de 2012

VISTO:

el Expediente N° 2.329.464/11, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto tramita el recurso de reconsideración incoado en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos, por el Sr. David Cohen contra la Resolución N° 1383-MAYEPGC/11;

Que por dicho acto administrativo se desestimó el recurso jerárquico oportunamente interpuesto contra la Resolución N° 52-SSMEP/11, toda vez que de los elementos aportados por el particular no resultaron idóneos para determinar la relación causal entre el hecho denunciado, los daños alegados, ni en su caso la Resposabilidad de esta Administración;

Que la Resolución N° 1383-MAYEPGC/11 le fue notificada al recurrente el día 2 de diciembre del 2011;

Que con fecha 20 de diciembre del 2011, el recurrente interpuso, en legal tiempo y forma recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 del citado cuerpo normativo, por lo que resulta formalmemente procedente correspondiendo el estudio del mismo;

Que el recurrente se agravia alegando que, "… sin mayores fundamentos se rechazan las argumentaciones y explicaciones dadas por esta parte, así como las pruebas oportunamente ofrecidas, de las que no se ha sustanciado ninguna de ellas, y finalmente descartando la producción de la prueba testimonial, a la que se tilda de extemporánea porque no fue propuesta en la primera presentación…";

Que sobre ello, cabe destacar que, conforme el artículo 301 del Código Contencioso Administrativos y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, incumbe la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de un hecho controvertido;

Que asimismo el artículo 36 de la Ley de Rito Administrativo establece que el ofrecimiento de toda prueba deberá realizarse al inicio de una gestión;

Que no obstante ello, esta Administración notificó oportunamente al...

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