Resolución N 302/GCABA/MJYSGC

FirmantesMontenegro
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N 302/GCABA/MJYSGCSE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 4960-SSEMERG/12

Buenos Aires

GobiernodelaCiudadAutónomadeBuenosAires

2012.Año delBicentenario de la Creación de la Bandera Argentina

RESOLUCIÓN N.°302/MJYSGC/12

BuenosAires, 4 de mayo de 2012

VISTO:

ElExpediente N° 1758992/11 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que porelExpediente citado en elvisto tramita la solicitudde subsidioporinundación

previsto porla LeyN°1.575, presentada porla Sra. Olga Marta Navoni, D.N.I. N°

11.034.035,porlosdañosalegadosrespecto delinmueble sito en la calle JoaquínV.

González217, presuntamente ocasionadosporelfenómeno meteorológico ocurrido el

19 de febrero de 2010;

QueporResoluciónN°4960/SSEMERG/10,notificadaeldía13deenerode2011,se

otorgóunsubsidioporunmontodepesoscuatrocientossesentayseis($446.-) IVA

incluido;

Que con fecha 24 de enero de 2011, la administrada interpuso Recurso de

Reconsideracióncon Jerárquicoen Subsidioporconsiderarinsuficiente elmonto

otorgado;

QuemedianteResoluciónN°3523/SSEMERG/11,notificadaeldía22deseptiembre

de 2011, sedesestimóelRecurso incoado atento elcarácterpaliativo que conllevael

subsidio;

Que con fecha 5 deoctubre de 2011, laSra. Navoniefectuó una presentación

reiterando su disconformidad conelmonto otorgado, que en virtud delprincipiode

informalismoafavordeladministradofuetratadacomounaampliaciónde

fundamentosen lostérminosdelartículo 107 in fine de la Leyde Procedimientos

Administrativosde la Ciudad;

QueconformesurgedelaimpresióndedetalledePagosdelSIGAFlabeneficiariaha

percibido elmonto otorgado en concepto de subsidio;

Que corresponde en esta instancia eltratamiento delRecurso Jerárquico en subsidio

en lostérminosde losartículos108y109 delmismo plexo normativo;

Que la Procuración Generalde la Ciudad Autónoma deBuenosAiresha tomado la

debidaintervenciónemitiendoelInformeN°00771367-DGAPA-2012,indicandoqueel

beneficio otorgado no tiene tinte reparadoro resarcitorio,sino que elmismo reviste el

carácterdepaliativo de losdañosdenunciados, como así tambiénque elmonto a

otorgarse esregulado porla autoridad de aplicación, previa intervención de los

organismostécnicoscompetentes,enfuncióndelascircunstanciasquerodeancada

caso;

Que asimismo elÓrgano de la Constituciónagregó queelmonto que conforma el

Fondo de Emergenciaspara...

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