Resolución Nº 489/2012

Fecha de disposición12 Abril 2012
Fecha de publicación09 Mayo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 12/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.475.347/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.475.347/11, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE MERCADOS PARTICULARES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa LOGISTICA MARPLATENSE SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo, las partes convienen que al personal de la empresa que desempeñe sus tareas dentro de las Cámaras Frigoríficas que operan por debajo de los 0º y aquel que en el futuro lo reemplace o se incorpore, se aplicará el régimen de jornada insalubre establecido por la Ley Nº 11.544 y su Decreto Reglamentario Nº 16.115/33, con demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que corresponde hacer saber a las partes que el listado obrante a fojas 3 del citado Acuerdo, identificado como Anexo I, no se encuentra comprendido en la homologación que por el presente acto se resuelve por ser ajeno al ámbito colectivo.

Que el ámbito personal como el territorial de aplicación quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad entre los agentes negociales firmantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo y solicitaron su homologación y ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta, para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.475.347/11, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE MERCADOS PARTICULARES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa LOGISTICA MARPLATENSE SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo...

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