Resolución Nº 368/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 2722245/DGROC/2017 de Ajustes de obra para la finca sita en la
calle Zamudio N° 3650, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso
destinadas a "Vivienda Multifamiliar".
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 110.37 m2 los cuales 16.99
m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (PB: Sector acceso; 1° Piso: Sectores
estar-comedor-cocina-lavadero; 2° Piso: Escaleras), en tanto que 93.38 m2 en forma
no reglamentaria (PB: Sectores estar-comedor-cocina-lavadero y lavaderos; 1° Piso:
Sectores cocinas, Estar-comedor, Sectores dormitorios y Sectores estar-comedor-
cocina-lavadero; 2° Piso: Sector dormitorio y semicubiertos; Azotea: Escaleras y
Lavaderos), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras
existentes que fueran oportunamente aprobadas s/N° de Orden 4 Pág. 2 a 5/10
(PLANO-2017-02722076-DGROC) y los planos presentados para regularizar la
situación s/ N° de Orden 30 (PLANO-2017-13806009-DGROC), con destino "Vivienda
Multifamiliar".
Que obra s/N° de Orden 29 Pág. 3 a 4/5 (IF-2017-13785092-DGROC) la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización.
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en
el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 3 Pág. 115 a 116/170 (RE-
2017-02721903-DGROC),
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos
que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y el Artículo 5.4.1.4
"Distrito R2b, b) R2bII - Disposiciones particulares: d) FOT" del Código de
Planeamiento Urbano.
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en
contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.
N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General
N° 24.887.
Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 31 Pág. 1/3 (IF-2017-13810941-
DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el
resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de
habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la
declaración jurada del...
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