Resolucion N° 368 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 203
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 368
Córdoba, 13 de Octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0617-137298/2017 por el que se solicita la am-
pliación del Fondo Permanente “N” – PROGRAMA PROVINCIAL DE FOR-
MACIÓN DOCENTE – (INFOD) - del Ministerio de Educación, creado por
Resolución N° 24/09 y modicado por su similar N° 109/10, ambas de este
Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el Programa Presupuestario N° 371, atendido por el Fondo Per-
manente mencionado, está nanciado enteramente por el Estado Nacional
y tiene su antecedente en la ley de Educación Nacional, en la que se plan-
tea como un derecho a la formación de los trabajadores de la educación.
Que por Resolución N° 218/17 del Ministerio de Educación de la Na-
ción se autorizan los montos necesarios para ejecutar acciones de manera
conjunta entre el INFD (Instituto Nacional de Formación Docente) y el ISEP
(Instituto Superior de Estudios Pedagógicos de la Provincia) lo cual, por la
dimensión nanciera que implica, hace necesaria la ampliación solicitada.
Que conforme lo determina el ar tículo 63 de la Ley 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación y amplia-
ción.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones
que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 14 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al N°
682/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° AMPLIAR el Fondo Permanente “N” – PROGRAMA PRO-
VINCIAL DE FORMACIÓN DOCENTE – (INFOD) - del Ministerio de Edu-
cación hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000), sin
límite para cada pago, del que será responsable el Titular del Servicio Ad-
ministrativo del citado Organismo.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, al Servicio Administrativo del Ministerio de Educación, a la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público y a Contaduría General
de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 52
Córdoba, 13 de Octubre de 2017
VISTO: Las competencias de la Dirección General de Compras y Contra-
taciones por Ley N° 10.155, su Decreto Reglamentario N° 305/2014; y Ley
N° 8.614, modicada por Ley N° 10.417, Decreto N° 1419/17 y demás re-
glamentación.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el Órgano
Rector del Sistema de Compras y Contrataciones y del Régimen de Obra
Pública de la Provincia de Córdoba, con legitimación sustancial para regu-
lar y controlar dicho sistema, en los términos del art. 30 de la Ley N° 10.155
y su Decreto Reglamentario N° 305/2014, y del artículo 2 de la Ley N° 8614
modicada por Ley N° 10.417.
Que, en virtud de lo previsto por Resolución N° 01/2014 de esta Direc-
ción General, Anexo I “Procedimiento de Inscripción en el Registro Ocial
de Proveedores y Contratistas del Estado”, punto 6.8, compete al órgano
rector autorizar o rechazar las solicitudes de inscripción correspondientes.
Que, la Dirección General de Compras y Contrataciones es la auto-
ridad de aplicación para validar los tramites a realizar ante el Registro de
Constructores de Obra Pública regulados por Decreto N° 1419/17.
Que, durante el período comprendido entre los días diecisiete (17) y
veintisiete (27) de octubre del corriente, la Sra. titular de la Dirección Gene-
ral de Compras y Contrataciones se encontrará ausente.
Que, en razón de ello y a los nes de no resentir el normal funciona-
miento del Registro Ocial de Proveedores y Contratistas del Estado y del
Registro de Constructores de Obra Pública; y de no afectar los principios
de libre concurrencia y oposición que rigen a las contrataciones públicas
en general, corresponde autorizar a personal calicado del Área; para que
autorice o rechace las solicitudes de inscripción ante ambos Registros.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 68/2017.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° AUTORÍCESE a la Cra. MARINA VILLARREAL BARROSO
DNI N° 30.121.161 para que, durante el período comprendido entre los días
diecisiete (17) y veintisiete (27) de octubre de 2.017 inclusive, autorice o re-
chace las solicitudes de Inscripción en el Registro Ocial de Proveedores y
Contratistas del Estado, las de Registro en Compras Públicas y los trámites
del Registro de Constructores de Obra Pública, contenida en la normativa
vigente en la materia.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, publíquese, comuníquese y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES – SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.

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