Resolución Nº 367/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 10.904.366/2017 y la Resolución N° 291-SSREGIC-2017, y
CONSIDERANDO:
Que originariamente por RESOLUCION N° 291 -SSREGIC-2017 del 12 de junio de
2017, se autoriza la localización del uso: "Café, Bar, Despacho de bebidas,
whisqueria, cervecería, Casa de lunch", con una superficie de 29,65 m2, sito en la calle
Nueva York N° 4144, local N° 18 y 19 (unificados) PB, correspondiente al APH 36 zona
1 "Plaza Arenales y su entorno". Los usos correspondientes a la zona 1, son los
asignados para el Distrito de Zonificación R1bI del Cuadro de usos 5.2.1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el recurrente solicita la corrección y rectificación de la Resolución referida, dado
que por error involuntario se consignó el uso el local N° 18 y 19, siendo lo correcto
enunciar Local N° 17 y 18 (unificados), siendo la misma superficie la solicitada, cabe
señalar que se obvio visar "Plano de Publicidad y toldo", adjuntado en el número de
Orden 15 (PLANO-2017-10904233-SSREGIC), el cual resulta Permitido para el Distrito
de Zonificación en cuestión;
Que, teniendo en cuenta que no ha habido variaciones respecto de los usos, que no
hay aumento de superficie, ni tampoco en la normativa vigente, se accede a lo
solicitado por el recurrente, considerando que el plazo previsto correrá a partir de la
fecha del presente dictamen;
Que, por lo expuesto se rectifica lo oportunamente visado, "Café, Bar, Despacho de
bebidas, whisqueria, cervecería, Casa de lunch", con una superficie de 29,65 m2, sito
en la calle Nueva York N° 4144, local N° 17 y 18 (unificados) PB.; "Plano de publicidad
y Toldo", PLANO-2017-10904233-SSREGIC Orden 15;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO
RESUELVE
debiendo quedar redactado de la siguiente forma "Artículo 1°.- Autorízase desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial...
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