Resolución N 216/GCABA/SECPLAN/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición18 de Abril de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 216/GCABA/SECPLAN/12SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN ASUNCIÓN 2681/83

Buenos Aires, 18 de abril de 2012

RESOLUCIÓN N.° 216/SECPLAN/12

Buenos Aires, 18 de abril de 2012

VISTO:

El Expediente N° 5410/2008 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Asunción N° 2681/83, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 83,35m2 de los cuales 57,97m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Local, Pasillo, Lavaderos y Depósito; PA: Depósito), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 11) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 1 y 43 a 49), con destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;

Que obra a fojas 12 a 13 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 14;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.2.4 "Altura de Locales con Entresuelo o piso intermedio" y el Art. 4.6.4.3 "Iluminación y Ventilación de Locales de segunda clase y escaleras principales", todos del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 50 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 12 a 13), las mismas no comprometen la estabilidad...

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