Resoluci

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 193/GCABA/SECPLAN/12SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN GARCÍA DEL COSSIO 5653/55/57

Buenos Aires, 28 de marzo de 2012

RESOLUCIÓN N.° 193/SECPLAN/12

Buenos Aires, 28 de marzo de 2012

VISTO:

El Expediente N° 94293/2007 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle García del Cossio N° 5653/55/57 (UF N° 1, 2 y 3), y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una modificación bajo parte cubierta (PB: Baño, Sector Estar Comedor, Guarda Coche, Cocina y Lavadero) y una ampliación conformada por un total de 114,56m2 de los cuales 92,76m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Dormitorios, Baño, Palier y Pasillo), en tanto que 21,80m2 en forma no reglamentaria (PB: Escalera; PA: Escalera y Alero), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 10 y 53 MH-559-81) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 107 a 114), con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 11 a 12 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 65 a 67;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.1 "Saliente de Fachada", el Art. 4.6.3.2 "Áreas y lados mínimos de las cocinas, espacios para cocinar, baños y retretes, lavaderos y secaderos" y el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales, sus características", todos del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 29 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias...

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