Resoluci

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 171/GCABA/SECPLAN/12SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN LEÓN PINELO 4815

Buenos Aires, 28 de marzo de 2012

RESOLUCIÓN N.° 171/SECPLAN/12

Buenos Aires, 28 de marzo de 2012

VISTO:

El Expediente N° 1534965/2011 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle León Pinelo N° 4815, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 81,41m2 de los cuales 32,73m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Paso, Sector Estar Comedor Cocina y Sector Dormitorio; PA: Alero), en tanto que 48,68m2 en forma no reglamentaria (PB: Lavadero; PA: Quincho y Toilette), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 8) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 1 a 6); con destino "Vivienda Unifamiliar";

Que obra a fojas 15/16 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 9;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.2.2 "Alturas Mínimas de Locales y distancias mínimas entre solados", el Art. 4.6.3.5 "Escaleras secundarias, sus características", el Art. 4.6.3.9 "Separación mínima de construcción continua a edificación de parcela", el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de Primera Clase" y el Art. 4.6.4.3 "Iluminación y Ventilación de locales de segunda clase y escaleras principales", todos del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 29 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias...

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