Resolución N 576/GCABA/DGR/12

FirmantesTujsnaider
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N 576/GCABA/DGR/12 ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DEL IMPUESTO INMOBILIARIO Y LA TASA RETRIBUTIVA DE LOS SERVICIOS DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - CUOTA 90 - PLAN DE FACILIDADES DE PAGOS - DEUDAS - INSTRUMENTOS DE PAGOS - RELIQUIDACIÓN - CANCELACIONES - ANTICIPOS - VENCIMIENTOS

Buenos Aires, 21 de marzo de 2012

VISTO:

LA RESOLUCIÓN N° 77/AGIP/2012 (BOCBA N° 3853), Y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal establece un régimen de regularización de la obligación por el "Impuesto Inmobiliario" y la "Tasa Retributiva de los servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros", por los cuatro primeros meses del ejercicio fiscal 2012, originalmente liquidados como anticipos a cuenta de las cuotas 01 y 02 ó 90 ó 12 de las sustituidas Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimento y Aceras;

Que asimismo prevé que cuando el anticipo liquidado mediante la Cuota 90 y la reliquidación del ejercicio anual no superen los $ 200.- (pesos doscientos), el saldo resultante, si no se abonara al contado, podrá regularizarse en los términos de dicha Resolución;

Que dicho plan de Facilidades de Pago se implementa considerando la deuda a regularizar como Cuota 91/2012 a valor nominal hasta la fecha de su vencimiento, en el marco normativo para las reliquidaciones administrativas;

Que el artículo 11 dispone que el acogimiento se efectuará de acuerdo a las normas complementarias que se dicten para la aplicación y cumplimiento del presente régimen al momento de su implementación.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en el artículo 12 de la citada Resolución,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Disposición General Artículos 1 a 8
Artículo 1 La regularización de la obligación identificada como Cuota 91 del "Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros", podrá solicitarse:
  1. Vía Internet: ingresando a la página www.agip.gob.ar, ó

  2. En las oficinas de la Dirección General de Rentas, Centros de Gestión y Participación Comunal y Delegaciones del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (para sus matriculados):

En ambos casos:

  1. ...

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