Resolución Nº 318/2012

Fecha de disposición17 Abril 2012
Fecha de publicación24 Abril 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 17/4/2012

VISTO el Expediente N° 173.501/2010-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO se presenta nuevamente la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES —OSECAC— (RNOS N° 1-2620-5), mediante Nota N° 110.837/2010-SSSalud, solicitando el dictado de Resolución Aclaratoria y su consecuente publicación en el Boletín Oficial de la Resolución N° 858/10-SSSalud.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos procedió a verificar el Expediente en cuestión, habiendo detectado un error material involuntario en el Art. 1° de la mencionada Resolución, por cuanto debe rectificarse: en donde se lee “...encargado de la Delegación Morón de la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS 1-2620-5)..., debió constar “...Jefe de Fiscalización de la Delegación Morón de la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS 1-2620-5)...”.

Que esta Superintendencia comparte el criterio adoptado por el área técnica del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615/96 y N° 1034/09-PEN.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE

DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— RECTIFIQUESE el artículo 1° de la Resolución N° 858/10-SSSalud de fecha 20 de julio de 2010, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “AUTORIZASE a suscribir los certificados de deudas previstos en el artículo 24 de la Ley 23.660 al Sr. DIEGO MATIAS LEDESMA (DNI 27.565.720), en su carácter de Jefe de Fiscalización de la Delegación...

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