Resolución N° 366 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Enero de 2018
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVII - Nº 21
CORDOBA, (R.A.) MARTES 30 DE ENERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 366
Córdoba, 17 de noviembre 2017
Expediente N° 0047-003126/2014/R15.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 547/2017, se adjudique la ejecu ción de l os trabajos mod i-
ficatorios necesarios de efectuar en el estudio de suelos, el desarrollo
del proyecto de ingeniería de detalles de estructura y la totalidad de las
instalaciones y la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN EDIFICIOS
para el funcionamiento del JARDÍN DE INFANTES Y ESCUELA “ATILIO
ARGUELLO”, ubicados en Calle LLanquelen N° 1500 – B° Parque Repú-
blica – CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, a la Empresa SADIC
S.A., contratista de la obra principal, por la suma de $ 3.569.545,05.
Y CONSIDERANDO:
Que obran en autos copias del Decreto N° 1194/2014, por el que
se contrataron en forma directa los trabajos de la obra principal, del
contrato de obra suscripto en consecuencia con fecha 26 de febrero de
2015 y del Acta de Inicio de Obra y Replanteo de fecha 30 de marzo de
2015.
Que consta nota del señor Ministro de Educación de la Provincia
de Córdoba dando cuenta de la necesidad de introducir modificaciones
al proyecto de acuerdo a lo solicitado por la Dirección de los esta-
blecimientos, corroboradas por la Dirección General de Infraestructura
Escolar para que resulte funcional y adecuado a la matrícula actual,
señalando además en la mencionada nota las obras a realizar, dando
cuenta también que se acordó con las autoridades del Ministerio de
Salud no demoler el edifico del Jardín de Infantes, a fin de refuncionali-
zarlo para el funcionamiento del dispensario, economizando dicho ítem
para la presente obra.
Que se han incorporado en autos Memoria Descriptiva - Amplia-
ción de Obra, Cómputo y Presupuesto de los trabajos adicionales, an-
tecedentes de obra contractual, Planos, Pliegos Particulares de Es-
pecificaciones Técnicas de Arquitectura, de Estructura Resistente, de
Instalaciones Eléctrica, Sanitaria, Gas, Termomecánica y de Servicio
contra Incendio y Pliego Particular de Condiciones, todo lo cual ha sido
aprobado por la Secretaría de Arquitectura.
Que la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría interviene
en autos, verificando los cálculos presentados por la contratista y las
modificaciones realizadas a los mismos para su adecuación a los cos-
tos contractuales, arrojando un saldo de Demasías de $ 4.593.043,13
y de Economías de $ 1.023.498,08, lo que representa un porcentaje de
incidencia del 11,86% respecto al monto contractual, no superando el
límite del 30% que establece el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas
N° 8614 y su Decreto Reglamentario, por lo que el monto adicional
asciende a la suma de $ 3.569.545,05.
Que asimismo, surge del referido informe que en el nuevo presu-
puesto de la obra se ha incluido la exención del Impuesto a los Ingre-
sos Brutos para la ejecución de la obra pública provincial, atento a la
vigencia de la Ley Nº 10.411.
Que la Jefatura de Área de Inspecciones y Certificaciones, con el
visto bueno del Secretario de Arquitectura, informa que los trabajos
consisten en: ampliación de un aula para sala de tres (3) años con el
correspondiente grupo sanitario, circulación de conexión y un área de
cocina, sanitarios y depósito propio para el Jardín de Infantes, atento
a que el edifico existente del Jardín de Infantes que contractualmente
iba a ser demolido se determinó que sería reciclado y utilizado como
dispensario.
Que se informa también que por las características colapsables del
terreno donde están implantados los nuevos edificios de la Escuela y el
Jardín de Infantes, se determinó el cambio por un sistema eléctrico de
Split Frio Calor.
Que asimismo, se indica que se deberá realizar un muro de H°A°
para salvar el desnivel entre patios de ambos edificios y sobre éste
colocar un cerco perimetral con alambre de 1,50 mts. de altura, como
también se deberán efectuar revoques exteriores en muros del jardín
de infantes existentes que dan al patio del nuevo jardín, debiéndose
realizar la pintura exterior en dichos muros.
Que la referida Jefatura manifiesta que la obra de que se trata no
tiene pedido de trabajos adicionales o modificatorios, cuenta con un
avance del 96,54% y se preveé un plazo de obra de noventa (90) días.
Que luce incorporado el correspondiente Documento Contable -
Nota de Pedido Nº 2017/001157, en cumplimiento de lo establecido por
el artículo 13 de la Ley N° 8614.
Que se adjunta en autos el correspondiente Certificado de Habili-
tación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de
Obras (artículo 23 correlativos y concordantes del Decreto N° 809/96),
vigente para la presente contratación, artículo 10 inciso c) del Decreto
N° 1419/2017.
Que obra Dictamen N° 463/17 de la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, los Tra-
bajos Modificatorios que se propician encuadran en lo establecido por
los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, toda vez
que –según los informes técnicos obrantes en autos- el porcentaje de
incidencia es del 11,86 % sobre el monto contractual, no excediendo
el 30 % previsto en el citado artículo 40 y en los términos de la Ley N°
10.220 y artículo 38 de la Ley N° 10.411, pudiendo en consecuencia
dictarse el acto administrativo correspondiente.
Que dicha Asesoría manifiesta también, que la obra se encuentra
alcanzada por las previsiones de la Ley 10.411 y enmarcada en las
disposiciones del artículo 4º - incisos a) y b) y artículo 6º del Decreto
Nº 259/2017
y en el artículo 215 – inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº
6006 – T.O. por Decreto Nº 400/2015, reglamentado por Decreto N°
1205/2015.
Por ello, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el N° 463/2017,
y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ADJUDÍCANSE los trabajos modificatorios necesa-
rios de efectuar en el estudio de suelos, el desarrollo del proyecto de
ingeniería de detalles de estructura y la totalidad de las instalaciones
y la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN EDIFICIOS para el fun-
cionamiento del JARDÍN DE INFANTES Y ESCUELA “ATILIO ARGUE-
LLO”, ubicados en Calle LLanquelen N° 1500 – B° Parque República
– CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, a la Empresa SADIC S.A.,
contratista de la obra principal, por la suma de Pesos Tres Millones
Quinientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con Cin-
co Centavos ($ 3.569.545,05), estableciéndose un plazo de ejecución
de obra de noventa (90) días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-

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