Resolución N° 362 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de Desarrollo Social
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 182
CORDOBA, (R.A.), LUNES 18 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
nilla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8,
9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, recticado por su similar Nº 1231/2010
y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una
primera variación de costos a partir del mes de FEBRERO/2016 del 9,06%,
luego una segunda variación de costos al mes de MAYO/2016 del 11,96%,
y nalmente una tercera variación de costos al mes de SEPTIEMBRE/2016
del 7,50%, por lo que se procedió a calcular los Factores de Redetermina-
ción (Fri) correspondientes, vericándose una primera variación de costos
a partir del mes de FEBRERO/2016, con un porcentaje del 8,15%, habién-
dose aplicado los Numeros índice publicados mensualmente en el Anexo
del CUADERNILLO INDEC INFORMA a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización (OCTU-
BRE/2015). A continuación se vericó una segunda variación de costos a
partir del mes de MAYOl/2016 con un porcentaje de 10,77%, habiéndose
aplicado los Números del Nivel General del Índice del Costo de la Cons-
trucción del Gran Buenos Aires, publicados mensualmente por el INDEC,
a valores del mes anterior a dicha fecha y valores del mes anterior al de
la última variación (FEBRERO/2016). Finalmente, se detectó una tercera
variación de costos a partir del mes de SEPTIEMBRE/2016, con un por-
centaje del 6,75%, utilizándose idéntica metodología a la detallada prece-
dentemente, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior a MAYO/2016, resultando un total a reconocer a la contratista por
dichos conceptos la suma de $ 614.036.- por lo que el nuevo presupuesto
de obra redeterminado asciende a $ 2.815.570,71.- A fs. 100 la Dirección
de Jurisdicción Obras, Licitaciones y Contrataciones, propicia la continui-
dad del trámite;
Que a fs. 103, mediante Dictamen N° 025/2017, División Jurídica expre-
sa conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs.
83/99 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de Orden Jurídico
formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y contables, ese Servicio Asesor
no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y el Decreto N° 2000/15, puede el Señor Secretario de
Arquitectura aprobar lo actuado y dictar Acto Administrativo haciendo lugar
a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 104/106, se agrega Acta Acuerdo por Redeterminación de
Precios, suscripta entre el Señor Secretario de Arquitectura y la Empresa
INGENIERIA CONSTRUCTORA S.R.L., con fecha 08/02/2017;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de
Precios por Variación de Costos, correspondiente a los meses de FEBRE-
RO/2016, MAYO/2016 y SEPTIEMBRE/2016, de la obra: “REPARACION
DE CERCO PERIMETRAL Y REPARACION DE CARPINTERIA, INSTALA-
CION ELECTRICA Y SANITARIA EN EL “I.P.E.M. N° 15 SANTIAGO AYALA
– NIVEL MEDIO”, ubicado en Calle Obispo Castellanos esquina Leandro
Rosales – B° San Vicente”; “REPARACION DE CERCO PERIMETRAL,
CARPINTERIA, REPARACION DE INSTALACION ELECTRICA Y SANITA-
RIA EN EL “I.P.E.M. N° 320 JORGE CAFRUNE – NIVEL MEDIO”, ubicado
en Ruta 9 Km 691 – B° Parque Ituzaingo”; “REPARACIONES GENERA-
LES, SANITARIAS Y DE INSTALACION DE GAS EN EL “I.P.E.M. N° 360
(Ex I.P.E.M. N° 313 ANEXO)”, ubicado en calle Defensa esquina Cacheuta –
B° Villa El Libertador” y “REPARACIONES GENERALES Y REPARACION
DE INSTALACION SANITARIA EN LA “ESCUELA MADRE MARIA DEL
TRANSITO CABANILLAS – NIVEL PRIMARIO”, ubicada en Calle Pública
S/N° - B° Centro”, todas de CORDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, sus-
cripta entre el Señor Secretario de Arquitectura y la Empresa INGENIERIA
CONSTRUCTORA S.R.L., obrante a fs. 104/106, la que a los efectos per-
tinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, compuesta
de TRES (3) fojas y consecuentemente autorizar la inversión de la suma
de PESOS SEISCIENTOS CATORCE MIL TREINTA Y SEIS ($ 614.036.-),
para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerando que se dan
por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2°. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección
de Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
en Nota de Pedido Nº 2017/000199 (fs. 109) con cargo al Programa 506-
005 – PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°. PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Adminis-
tración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, tome razón
el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones, a
sus efectos.-
FDO: ARQ. DANIEL REY , SECRETARIO DE ARQUITECTURA
anexo: https://goo.gl/BqjVvK
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución N° 362
Córdoba, 5 de setiembre de 2017
VISTO: El Expediente N° 0427-059743/2017 en el que la Jefatura de Área
Contable dependiente de la Dirección de Ejecución Presupuestaria, ges-
tiona formalizar la Modicación de Crédito Presupuestario, desde el 1° de
junio y hasta el 31 de julio del año 2017, Jurisdicción 1.65 de esta Cartera
de Estado.
Y CONSIDERANDO:
Que obra nota que incoa la gestión, de la que se desprende que dicha
solicitud se funda en las disposiciones del Artículo 2° - Anexo “A” Punto
3.11 de la Resolución N° 02/2014 de la Secretaría de Administración Finan-
ciera del Ministerio de Finanzas y conforme lo establecido en el Artículo 31
del Decreto N° 150/2004, Reglamentario de la Ley 9086.
Que se incor poran a las presentes actuaciones Listado de Documento
de Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario, por el período
antes mencionado e intervención de la Dirección de Ejecución Presupues-
taria de este Ministerio.
Que conforme las competencias establecidas en el Artículo 17 de la
Ley 9086 -de Administración Financiera, la Dirección General de Presu-
puesto e Inversiones Públicas dene las responsabilidades, criterios y pro-
cedimiento a seguir en la realización de modicaciones presupuestarias.
Que el Artículo 31 del Decreto N° 150/04 faculta a cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a
autorizar las modicaciones presupuestarias compensadas entre los crédi-

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