Resolución Nº 360/GCABA/AGIP/16
VISTO:
EL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2016), LA RESOLUCIÓN N° 59/DGR/2006 (BOCBA N°
2361) Y LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS PARA LOS
PROCEDIMIENTOS VIGENTES ANTE ESTA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS PÚBLICOS VINCULADOS
CON LA DETERMINACIÓN,
FISCALIZACIÓN Y PERCEPCIÓN DE LOS TRIBUTOS A SU CARGO Y LA
APLICACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES MATERIALES Y FORMALES
RELACIONADAS CON LOS MISMOS, Y
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento para la Justicia Nacional, el Reglamento General de Organización
y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el
Reglamento del Tribunal Superior de Justicia disponen la suspensión de la actividad
judicial en el ámbito de sus respectivas competencias, con excepción de aquellos
asuntos que por su naturaleza no admitan demora, durante el mes de enero y dos
semanas en el invierno de cada año;
Que diversas entidades de profesionales, cuyos miembros actúan en representación
de contribuyentes y responsables ante esta Jurisdicción, han solicitado a esta
Administración Gubernamental la adopción de medidas ordenatorias tendientes a la
suspensión de los plazos administrativos fijados para los procedimientos desarrollados
ante este Organismo durante los períodos de feria judicial;
Que por Resolución N° 59/DGR/2006 (BOCBA N° 2361) se establece que en el ámbito
de la Dirección General de Rentas no se computan respecto de los plazos
procedimentales, los días hábiles comprendidos en la primera quincena de enero de
cada año y la primera semana correspondiente a la feria judicial de invierno que
establezca para cada año el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires han establecido la feria judicial de invierno entre los días
18 y 29 de Julio de 2016, ambas fechas inclusive, mediante la Acordada N° 13/TSJ/16
(BOCBA N° 4892) y la Resolución de Presidencia N° 591/CMCABA/16 (BOCBA N°
4894), respectivamente;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso b), de la Resolución N°
59/DGR/2006 se hace necesario precisar los días incluidos en dicho período.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le...
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