Resolución N° 360

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición23 de Abril de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 93 CÓRDOBA, 20 de mayo de 20152
VIENE DE TAPA
en la Secretaría de Ambiente de la Provincia
de Córdoba o por correo electrónico a
informacionambiental@cba.gov.ar.
4. DETERMINAR lugar, fecha y hora para tomar vista
del expediente en trámite en la Secretaría de Ambiente
de la Provincia de Córdoba, Av. Richieri 2187, hasta el
9 de Junio de 2015 a las 12 hs.
5. PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y
archive
CR. GERMÁN PRATTO
SECRETARIO DE AMBIENTE
Resolución N° 537 Córdoba, 11 de mayo de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-100037/2011, 0109-
092770/2010, 0623-118400/2010 y 0109-089330/2009 del
registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-
visional presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en
el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes
el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso
particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias
presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de
una (1) foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las
fechas que en cada caso se especifica, para acogerse a los
beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/1CFGUB
Resolución N° 536 Córdoba, 11 de mayo de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0495-115744/2010, 0494-
112110/2014, 0109-094978/2010, 0495-120066/2014, 0109-
085541/2008 y 0110-117516/2009 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-
visional presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en
el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes
el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso
particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias
presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio,
que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja
forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que
en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la
Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de
la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/f1p7Rr
Resolución N° 533 Córdoba, 11 de mayo de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-090744/2009, 0109-
089730/2009, 0109-103186/2011, 0109-101861/2011, 0109-
099059/2011, 0109-094622/2010 y 0109-092395/2010 del
registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-
visional presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en
el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes
el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso
particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus
atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias
presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio,
que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja
forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que
en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la
Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de
la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/c4Zo6s
Resolución N° 360 Córdoba, 23 de abril de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-069057/2005, 0109-
080394/2007 y 0109-105154/2011, del Registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que de las constancias de autos surge que personal dependiente
de este Ministerio, presentó renuncia con motivo de haberse
acogido al beneficio previsional de Jubilación por Invalidez
Provisoria.
Que obran en autos las resoluciones de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba, mediante las cuales se acordó,
prorrogó y finalmente se transformó en definitivo dicho beneficio
previsional.
Que por otra parte se estima procedente convalidar la reserva
del cargo en que revistaban los agentes en cuestión, durante el
período que se encontraban con Jubilación por Invalidez
Provisoria.
Que de la situación de revista surge que el personal no se
encuentra suspendido, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área
Jurídica de este Ministerio en cada caso particular y en uso de
sus atribuciones,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1°. ACEPTAR la renuncia presentada por el siguiente
personal dependiente de este Ministerio, a partir de la fecha y
cargo que en cada caso se especifica, con motivo de haber
obtenido el beneficio de Jubilación por Invalidez Definitiva
otorgada por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba, conforme a las Resoluciones que en cada caso se
detalla:
Marisa Beatriz VIONE: (M.I. N° 13.922.076), a partir del 1° de
enero de 2010, en el cargo de Maestro Materia Especial, en la
Escuela de Nivel Primario “RIVERA INDARTE” de Estación
Calchín -Departamento Río Segundo-, Resolución N° 301152/
2010 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y de Retiros de
Córdoba.
Marta Elena LIENDO: (M.I. N° F5.681.201), a partir del 2 de
marzo de 2012, en el cargo de Maestro de Grado (Enseñanza
Primaria), en la Escuela de Nivel Primario “MANUEL ESTEBAN
PIZARRO” de esta Capital, Resolución Serie “A” N° 005499/11
de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
Claudia Ester POHLE: (M.I. N° 14.786.428), a partir del 14 de
septiembre de 2011, en el cargo de Maestro de Jardín de Infantes,
en la Escuela de Nivel Inicial “ALMIRANTE GUILLERMO
BROWN” de Villa del Dique -Departamento Calamuchita-,
Resolución Serie “A” N° 004253/11 de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba.
Art. 2°. CONVALIDAR la reserva del cargo en que revistaban
los agentes nombrados en el artículo anterior, durante el período
que dicho personal se encontraba con Jubilación por Invalidez
Provisoria y al sólo efecto de regularizar su situación de revista.
Art. 3°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese , publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE
EDUCACN

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