Resolución N 109/GCABA/SECPLAN/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 109/GCABA/SECPLAN/12SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN CONDARCO 5510

Buenos Aires, 06 de marzo de 2012

RESOLUCIÓN N.° 109/SECPLAN/12

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012

VISTO:

El Expediente N° 1659763/2011 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Condarco N° 5510 esquina Cochrane N° 2701/07, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 83,71m2 los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Estar Comedor Cocina Lavadero, Escalera, Dormitorio, PA: Dormitorios y Baño), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 1 y 3 a 8), con destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;

Que obra a fojas 21 a 22 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 18 a 20;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 "Distrito R2bII, Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo", del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 32 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 21 a 22), las mismas no comprometen la estabilidad...

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