Resolución N° 3590/MEDGC/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición28 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 3590/MEDGC/22
Buenos Aires, 7 de julio de 2022
VISTO: La Ley N° 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), los Decretos Nros.
393/09 y 75/15, el Expediente Electrónico Nº 23852463-GCABA-SSCPEE/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), se aprobó el Régimen
de Becas Estudiantiles para alumnos/as regulares de nivel medio/secundario de
escuelas de gestión estatal de todas las modalidades y orientaciones dependientes del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho Régimen tiene por finalidad garantizar el acceso, permanencia, reingreso y
promoción de alumnos/as de escuelas de nivel medio/secundario de gestión estatal
que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica;
Que por el Decreto Nº 75/15 se estableció el destino de las becas estudiantiles
creadas por la Ley N° 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), disponiéndose en el
artículo 1° que el Régimen de Becas Estudiantiles se encuentra destinado a aquellos
alumnos/as regulares matriculados que cursen obligatoriamente en escuelas de nivel
medio de gestión estatal de todas las modalidades y orientaciones dependientes del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, en el artículo 2º del mencionado Decreto se estableció exceptuar de la
obligatoriedad dispuesta en el artículo 1° de la norma, a aquellos/as alumnos/as
inscriptos/as en proyectos y programas implementados por el Ministerio de Educación
con financiamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hayan
sido beneficiarios de Becas Estudiantiles y que, a la fecha del dictado del Decreto -11
de marzo de 2015-, se encontraran cursando estudios de nivel medio, pudiendo
solicitar la renovación de dicho beneficio, en tanto no se configuren los supuestos del
artículo 16 de la Ley Nº 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.347);
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, elevó el
listado de alumnos beneficiarios del citado Régimen de Becas Estudiantiles, conforme
lo detallado en el Anexo I (IF-2022-23954431-GCABA-SSCPEE);
Que el Anexo I (IF-2022-23954431-GCABA-SSCPEE) de acuerdo a lo informado por
la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa comprende a
cincuenta (50) beneficiarios pertenecientes al ciclo lectivo marzo - diciembre 2022, que
cumplieron con las condiciones establecidas en el artículo 5° de la Ley 2.917 (texto
consolidado por la Ley N° 6.347), y les corresponde percibir la primera (1era) cuota de
la beca, por la suma de pesos dieciséis mil quinientos ($ 16.500.-);
Que, asimismo, el referido Anexo contempla tres mil trescientos un (3.301.-)
estudiantes regulares pertenecientes al ciclo marzo - diciembre 2022 que cumplieron
con las condiciones establecidas en el artículo 6° de la Ley 2.917 (texto consolidado
por Ley Nº 6.347), y les corresponde percibir la primera (1era) cuota de la beca, por la
suma de pesos dieciséis mil quinientos ($ 16.500.-);
Que, por su parte, comprende un total de ochenta y cuatro (84) estudiantes,
pertenecientes al ciclo lectivo marzo - diciembre 2022, que cumplieron con los
requisitos previstos en el art. 14 de la Ley 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.347),
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6428 - 28/07/2022

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