Resolución N° 357 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Noviembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
4
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 237
CORDOBA, (R.A.) MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
teriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias especícas de la Unidad
(artículo 4º – inc. h) de la citada Resolución Nº 250/2018) y entendiendo que
la Unidad Ejecutora dentro de su competencia especíca se ha expedido
en relación a la documental técnica obrante en autos y la conveniencia de
contratación del Consorcio Caminero Único (artículo 4º - incisos c) y o) de
la mencionada Resolución), considera que puede contratar en forma directa
con el Consorcio Caminero Único en los términos propiciados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 397/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO CA-
MINERO ÚNICO la realización de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINOS
SECUNDARIOS Y TERCIARIOS S-331, T-123-04, T-123-23 – LONGITUD:
5,65 Km – TRAMO: MONTE MAIZ – COLONIA BARGE - DEPARTAMEN-
TOS: UNIÓN – MARCOS JUÁREZ”, por la suma de Pesos Ciento Noventa
y Ocho Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscientos Noventa y
Siete con Ochenta y Seis Centavos ($ 198.987.697,86), a valores del mes
de agosto de 2021, con un plazo de ejecución de obra de doscientos cua-
renta (240) días contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de
Replanteo.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Ciento Noventa y Ocho Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscien-
tos Noventa y Siete con Ochenta y Seis Centavos ($ 198.987.697,86), con-
forme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en
su Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000455, con cargo
a Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecu-
ción por Terceros del P.V. la suma de ……………………......$53.900.000,00
Ejercicio Futuro 2022 …………...………………….....…….$145.087.697,86
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, tome
conocimiento la Dirección General de Rentas, pase a la Unidad Ejecutora
para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus
efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 357
Córdoba, 13 de octubre de 2021
Expediente Nº 0045-022969/2021/A4.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la Adecuación Provisoria de Precio Nº 1,
por las variaciones de costos vericadas en el mes de junio de 2021, en
la realización de la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINOS DE LA RED
SECUNDARIA S-283 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL Nº 27 - T-259-18 –
LOCALIDAD DE LA SERNA – DEPARTAMENTO GENERAL ROCA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas -en adelante POP-de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la adecuación de precio de que se trata encuadra en las pre-
visiones del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018,
disposiciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Punto V del Legajo Único de
Contratación de la obra de referencia.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio advierte la
existencia de un archivo titulado “Índice, haciendo plena fe de su contenido.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 160/2021 de fecha 14 de mayo
de 2021, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio Camine-
ro Único, suscribiéndose el pertinente contrato el día 15 de junio del 2021,
con un plazo de ejecución de 150 días a contar desde la suscripción del
Acta de Replanteo, la cual fue confeccionada con fecha 5 de julio de 2021.
Que obra en autos el pedido de adecuación realizado por el Consorcio
Caminero Único, suscripto digitalmente con fecha 29 de junio de 2021.
Que la Dirección General de Coordinación de Obras Públicas acompa-
ña informe técnico, junto a similar titulado “Adecuación Provisoria – Obra
Faltante a Ejecutar – Junio/2021”, de los cuales surge que los cálculos
practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº
800/2016, que a la fecha del primer salto, junio de 2021, el porcentaje físico
faltante de ejecutar de la obra era el 100%, y que la variación de referencia
alcanzó el 11,12%, lo que representa económicamente un incremento de $
7.099.955,63, en consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la
obra asciende a la suma de $ 73.986.881,33.
Que se ha incorporado en autos Formulario de Aceptación de Adecuación
Provisoria de Precios, suscripto por el señor Presidente del Consorcio Cami-
nero Único con fecha 23 de septiembre de 2021, por la que acepta la primera
Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos vericadas en
el mes de junio de 2021, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo,
conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2021/000474 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 416/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformi-
dad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumpli-
mentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N°
800/2016, modicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Reso-
lución Ministerial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación
en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior
al diez por ciento (10%) respecto a los valores contractuales vigentes, pue-
de procederse a la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra,
debiendo oportunamente suscribir la adenda de contrato correspondiente,
habida cuenta que existe una modicación del precio contractual que pro-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR