Resolución N° 354/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 354/CDNNYA/19
Buenos Aires, 27 de marzo de 2019
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 114 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el Decreto N°
638/GCABA/2007 y su modificatorio, el Decreto N° 117/GCABA/2017, el Decreto N°
363/GCABA/2015 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 2.262/SSGRH/2016,
446/MHGC/2016 y 214/MHGC/2017, el Expediente Electrónico N °
04.658.158/GCABA-DGPLYCO/2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto Nº 638/GCABA/2007 y su modificatorio, el Decreto N°
117/GCABA/2017, se delegó en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y
titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de
Gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que por el Decreto N° 363/GCABA/2015 y sus modificatorios se aprobó la Estructura
Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 7° del Decreto mencionado se instituyó a partir del 10 de diciembre
de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades
Superiores de Gobierno;
Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades
Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos de los
artículos 7° y 8° del Decreto N° 363/GCABA/2015, podrán ser administrados como
Suplemento de Gabinete;
Que a su vez, por la Resolución N° 2.262/SSGRH/2016 se aprobó el procedimiento
administrativo para la asignación de Unidades Retributivas (UR) en concepto de
"Bonificación Extraordinaria", siendo que el saldo de UR aplicables a cada una de las
reparticiones se compondrá de todas aquellas UR que no hayan sido utilizadas para
designación de Plantas de Gabinete, ni otorgamiento de suplementos de gabinete
destinados a agentes de Planta Permanente y/o Transitoria;
Que por su parte, la Resolución N° 214/MHGC/2017 establece que el monto de UR a
asignar en concepto de "Bonificación Extraordinaria" no podrá superar la suma
equivalente a dos (2) remuneraciones brutas normales y habituales que el agente
percibiera al momento del cierre de cada ejercicio;
Que en el marco de la normativa mencionada, mediante Informe firma conjunta IF N°
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5589 - 01/04/2019

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