Resolución N° 352 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor13 de Octubre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 212
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 352
Córdoba, 06 de octubre de 2021
Expediente Nº 0425-428176/2021.-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “AMPLIACIÓN OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y
SALA DE CONFERENCIAS – BANCO DE TEJIDOS – ECODAIC – CÓR-
DOBA CAPITAL.
Y CONSIDERANDO:
Que consta en estas actuaciones solicitud del Secretario de Coordinación
y Gestión Administrativa del Ministerio de Salud instando el presente trámite
a los nes de la autorización correspondiente para la ejecución de la obra de
referencia, de conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/08.
Que luce incorporada nota suscripta por la Directora General de In-
fraestructura y Equipamiento Sanitario del citado Ministerio, quien solicita
la ejecución de la presente obra.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta
por Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas
de Arquitectura, Pliego particular de Especicaciones Técnicas de Insta-
lación Eléctrica, Pliego de Instalaciones Sanitarias, Planos, Planilla de co-
tización, Presupuesto Ocial, Estructura de Costos, Pliego Particular de
Condiciones y sus Anexos, elaborados por la Dirección General de Infraes-
tructura y Equipamiento Sanitario y la Dirección General de Compras y
Contrataciones, ambas del citado Ministerio.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento
de contratación es por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto
Ocial (artículo 6 del Pliego Particular de condiciones) estimado asciende
a la suma de $ 23.340.489,64, calculado al mes de julio de 2021 y que el
plazo es de quince (15) días para el Desarrollo del proyecto a contar desde
la rma del contrato y ciento ochenta (180) días de ejecución de obra, a
contar desde la fecha de suscripción del Acta de Replanteo, atento artículo
7 del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante informe técnico, el Sr. Secretario de Arquitectura junto
a la Directora General de Proyectos y Jefe de Área Gestión Administrativa,
otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo
que el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico
en tanto que, respecto al Pliego Particular de Condiciones, consideran que
resulta adecuado y se ajusta a las disposiciones de la Ley Nº 10.417, mo-
dicatoria de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614, manifestando que puede
servir de base para la contratación de los trabajos propiciados, con las
observaciones allí efectuadas que son de carácter formal y no impiden la
prosecución del trámite.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura en el cual se indica que el presupuesto de la obra es “acorde
a los valores de mercado al mes de julio de 2021”.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte que no obra
en autos informe dominial a través del cual se acredite la titularidad del
inmueble, debiendo la repartición de origen acreditar los extremos legales
en cumplimiento del artículo 3 de la Ley N° 8614.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 409/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra
supera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento
legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, manifestando ex-
presamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo
largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
409/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Salud referidos a
la obra: “AMPLIACIÓN OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y SALA DE CON-
FERENCIAS – BANCO DE TEJIDOS – ECODAIC – CÓRDOBA CAPI-
TAL, conforme documentación técnica compuesta por Memoria, Pliego
Particular de Especicaciones Técnicas de Arquitectura, Pliego particular
de Especicaciones Técnicas de Instalación Eléctrica, Pliego de Instala-
ciones Sanitarias, Planos, Planilla de cotización, Estructura de Costos y
Presupuesto Ocial por la suma de Pesos Veintitrés Millones Trescientos
Cuarenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve con Sesenta y Cuatro Centa-
vos ($23.340.489,64), y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos,
elaborados por la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento Sa-
nitario y la Dirección General de Compras y Contrataciones, ambas del
Ministerio de Salud.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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