Resolución N° 35/APRA/20

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición30 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 35/APRA/20
Buenos Aires, 15 de enero de 2020
VISTO: Las Leyes N° 2.214, 2.628 (textos consolidados según Ley N° 6.017) y 6.292,
los Decretos N° 1510/GCABA/97, N° 2.020/GCABA/07, N° 463/GCABA/19 y N°
497/GCABA/19, la Resolución N° 181/APRA/17 y el expediente electrónico N° EE-
2019- 38896621-GCABA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta el informe previsto en el artículo 50 de
la Ley N° 2.214 (texto consolidado según Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario
N° 2.020/07, por el cual en donde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a través de la Dirección General de Mantenimiento Escolar dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, da cuenta de la
generación eventual de residuos peligrosos y del tratamiento "in situ" de los mismos en
el inmueble sito en la calle Catamarca N° 2.085/89/95, Catulo Castillo N° 2.746,
Esteban De Luca y Rondeau N° 2.743, de esta Ciudad (Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 2, Sección: 024, Manzana: 41A, Parcela: 000);
Que se trata de un edificio, donde funciona el Jardín de Infantes Integral Nº 10
"Instituto Félix F. Bernasconi", la Escuela Primaria Común Nº 1 "Carlos Saavedra", la
Escuela Primaria Común Nº 2 "Doctor Rafael Bielsa" y la Escuela Primaria Común Nº
3 "Doctor Juan Ángel Golfarini", D.E. 6, donde el proponente ha constatado la
presencia de asbestos, solicitándose autorización para realizar tareas para su
remoción;
Que según informa la Gerencia Operativa de Calidad Ambiental mediante Informe
Técnico N° IF-2020-1603744-GCABA-DGEVA, de lo declarado en la Memoria
Descriptiva presentada en las actuaciones, el proponente realizará la tarea de
remoción de asbestos en sistema de calefacción y el desamiantado en el artefacto
caldera y caños calorifugado;
Que, igualmente, el declarante hace saber que el estado del aislante conteniendo
asbesto es friable y que el aislante térmico se encuentra sin cobertura metálica de
seguridad;
Que por tal razón se encuadra dicha actividad en la figura de Operación de tratamiento
"in situ" conforme artículos 48 y 50 de la Ley N° 2.214 (texto consolidado según Ley N°
6.017);
Que los residuos a generar se encuadran en la categoría de control Y36 Anexo I, Ley
N° 2.214 (texto consolidado según Ley N° 6.017), de acuerdo a lo declarado en el
Formulario de Trámite Operación In Situ de Residuos Peligrosos;
Que Geo Assist S.R.L. cuenta con el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos
como Operador In Situ, con fecha de vigencia hasta el día 19 de octubre de 2021,
conforme surge de la Resolución N° 3/GCABA-APRA/20;
Que de acuerdo a lo declarado por el proponente en el Formulario de Trámite
Operación In Situ de Residuos Peligrosos, se generarán 190 kg de residuos
peligrosos;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5791 - 30/01/2020

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