Resolución N° 348/MAYEPGC/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Bueno s Aires
RESOLUCIÓN N.° 348/MAYEPGC/19
Buenos Aires, 7 de marzo de 2019
VISTO:
las Leyes N° 471 y 1218 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017), la Resolución
N° 327-MAYEPGC/2018, el Sumario Administrativo N° 1067/18, el Expediente
Electrónico N° 02901823-MGEYA-EHU/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la investigación iniciada a raíz de la
denuncia efectuada por el agente del Ente de Higiene Urbana, el Sr. Fernando Salafía,
respecto del hurto de una (1) pala de palear y un (1) carro papelero pertenecientes al
área patrimonial del Ente de Higiene Urbana y que hubiese ocurrido el día 7 de julio de
2014 en la intersección de las calles Cosquín y Ferré, de esta Ciudad;
Que el agente citado en el párrafo precedente procedió a realizar la correspondiente
denuncia policial en fecha 10 de julio de 2014 por ante la Comisaría N° 52 de la Policía
Federal Argentina, caratulada como "Hurto", habiéndose dado intervención a la
Fiscalía Nacional en lo Correccional N° 5, a cargo del Dr. Dellarole;
Que el Ente de Higiene Urbana informó el valor inventariado de los objetos en
cuestión, siendo el precio unitario de la pala de palear de PESOS SETENTA Y UNO
CON 90/100 ($71,90) y del carro papelero de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y
NUEVE ($679). Asimismo, acompañó las correspondientes fichas de estantes;
Que mediante la Resolución N° 327-MAYEPGC/2018, se ordenó la instrucción del
presente sumario administrativo a los fines de investigar los hechos y deslindar las
eventuales responsabilidades que pudieran surgir respecto de los hechos denunciados
por el agente Fernando Salafía;
Que una vez abierta la etapa de instrucción, en fecha 6 de noviembre de 2018 prestó
declaración testimonial el agente del Ente de Higiene Urbana, el Sr. Jorge Fernando
Spositto quien manifestara no recordar si al momento de los hechos se desempeñaba
como barrendero o si ya era capataz;
Que continuó agregando que el día anterior había dejado las herramientas atadas a un
poste y al día siguiente, pudo notar que las mismas habían desaparecido. Por último,
expresó no recordar si las herramientas eran de él o de un compañero que estaba
reemplazado temporalmente ya que se encontraba de vacaciones;
Que consecuentemente, el día 8 de noviembre de 2018 prestó declaración testimonial
el agente del Ente de Higiene Urbana, el Sr. Fernando Salafía, quien al momento de
los hechos se desempeñaba como barrendero papelero, manifestando que cuando
advierte el faltante de los elementos mencionados realizó la denuncia ante la
comisaría a los fines de la reposición de las herramientas sustraídas;
Que por último, el dicente expresó que las herramientas eran atadas con una cadena y
un candado a un poste y que un día se presentó a trabajar y pudo notar la
desaparición de las mismas;
Que en fecha 21 de noviembre se dejó constancia que la Fiscalía Nacional de
Instrucción N° 5 informó que la causa N° I-39-28399, fue archivada por ser de autor
desconocido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5577 - 14/03/2019

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