Resolución N° 345-MJYSGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición18 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 345/MJYSGC/18
Buenos Aires, 6 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2.809 (texto consolidado según Ley Nº 5.666), los Decretos Nros. 127/14,
326/15, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 (texto
consolidado según Ley N° 5.666), las Resoluciones Nros. 583/MJYSGC/15,
791/MHGC/16, 1703/MHGC/16, 2418/MHGC/16, 2747/MHGC/16, 3373/MHGC/16,
107/MHGC/17 y 334/MJYSGC/18, el Expediente N° 13767756/MGEYA-DGRP/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución Nº 334/MJYSGC/18 se aprobó el Acta Acuerdo de la Primera
a Sexta (1º a 6º) Redeterminación Definitiva de Precios suscripta entre este Ministerio
de Justicia y Seguridad y la Empresa FRIEND´S FOOD S.A., CUIT Nº 30-70395143-7,
en el marco de la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 5.666) respecto del
"Servicio de elaboración y distribución de comidas para cadetes, cursantes, guardias y
personal autorizado de la entonces Policía Metropolitana con destino al Instituto
Superior de Seguridad Pública“, Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0561-
LPU15, que como ANEXO I (IF-2018-09126471-DGALS) forma parte integrante de la
mencionada Resolución;
Que en el Artículo 2° de la citada Resolución se consignó como ANEXO III al Informe
N° IF-2018-9126456-DGALS, correspondiendo consignar como ANEXO III al Informe
N° IF-2018-9126465-DGALS;
Que el Anexo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/97 (texto
consolidado según Ley 5.666), en su Artículo 124 dispone: "Rectificación de errores
materiales. En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo
sustancial del acto o decisión.";
Que, atento lo expuesto, corresponde rectificar el Artículo 2° de la Resolución N°
334/MJYSGC/2018 procediéndose al dictado del correspondiente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1º.- Rectifícase el Artículo 2° de la Resolución Nº 334/MJYSGC/18 , el cual
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- Apruébase el gasto a favor de
la firma FRIEND´S FOOD S.A., CUIT Nº 30-70395143-7, la suma de pesos cinco
millones setecientos treinta mil quinientos ochenta y cuatro con 63/100 ($
5.730.584,63.-) en concepto entre la diferencia de lo abonado entre la Primera a Sexta
(1° a 6°) Redeterminación Provisoria de Precios y lo que corresponde abonar por el
total de la Redeterminación Definitiva de Precios, al momento de la rúbrica del
presente acto administrativo, según se detallan en el ANEXO II (IF-2018-9126480-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5356 - 18/04/2018

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