Resolución N° 2480/GCABA/MSGC/07

FirmantesDe Micheli
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIÓN N° 2480/ GCABA/ MSGC/ 07

MINISTERIO DE SALUD - HOSPITAL UDAONDO - SANCIONA CON APERCIBIMIENTO A SUSANA GRACIELA BENÍTEZ FICHA N° 389.494 INSTRUMENTADORA QUIRÚRGICA - POR VERTER MANIFESTACIONES INJURIOSAS CONTRA MÉDICOS CORDOBESES NATIVOS O POR ADOPCIÓN - DRES JUAN PABLO MUÑOZ - CÉSAR SEDANO - ADRIÁN ENRIQUE ARREBOLA - JORGE OMAR MONESTES

Buenos Aires, 14/11/2007

Visto el Expediente N° 43.110/99, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la ex Secretaría de Salud, mediante Resolución N° 1.280-SS/99, dispuso la instrucción de un sumario administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades con relación a la presentación efectuada por el Consejo Directivo Nacional de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, en virtud de los hechos acaecidos el día 9 de junio de 1999 en la Guardia del Hospital de Gastroenterología Bonorino Udaondo;

Que, según surge de los antecedentes obrantes en autos, el citado organismo comunicó al mencionado establecimiento asistencial, mediante cédula de fecha 6 de julio de 1999, la vista concedida por el término de diez (10) días de la presentación efectuada por el referido Consejo Directivo en el Expediente

N° 041-68.406/99, en el que se hace saber que la delegada Ana Retamosa fue objeto de insultos, amenazas y vejámenes morales por parte del Dr. Jorge Monestes (sic) el 16 de junio de 1999, adjuntando copia de la nota presentada por la agente Retamosa el 22 de junio de 1999 a la Jefa de Emergencias, en la que detalla pormenorizadamente los hechos ocurridos en la Guardia del día miércoles 16 de junio con el médico Jefe de la misma, Dr. Monestes, quien presentó nota de descargo a fs. 10/11;

Que, oportunamente, se incorporó el Expediente N° 43.859/99 en el que obra el Informe N° 3-SSTRyE/00 (fs. 111/112) de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de este Gobierno de la Ciudad, donde expresa que sostiene el principio de autonomía e independencia del sindicato respecto del Estado que prevé el art. 6° de la Ley N° 23.551, y los Convenios Nros. 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (sic) respecto a la legitimidad de representación de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) con los agentes en relación de dependencia de la Administración Central;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires...

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