Resolución N 1052/PJCABA/CMCABA/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2011

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N 1052/PJCABA/CMCABA/11SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA SELECCIÓN JUECES Y MAGISTRADOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011

RESOLUCIÓN N.° 1052/CMCABA/11

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011

VISTO:

Los arts. 19 y 41 del Reglamento de Concursos para la Selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Res. CM N° 873/2008 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el art. 19 del reglamento de vistos establece cual es la documentación específica que los abogados que se desempeñen en el ejercicio libre de la profesión, relación de dependencia o en entidades públicas o privadas deben acompañar al momento de inscribirse en un concurso.

Que lo cierto es que resulta conveniente realizar modificaciones al artículo en cuestión, principalmente ampliando el espectro de documentación que puede acompañarse, a fin de poder considerar actividades propias de la profesión que resultan distintas a las labores meramente jurisdiccionales, como ser participaciones como árbitros, mediadores, etc.

Que asimismo, el art. 41 establece en el apartado primero parámetros que se deberán tener en cuenta para calificar los antecedentes profesionales de los concursantes, ya sea que se desempeñen o se hayan desempeñado en el Poder Judicial o en el ejercicio libre de la profesión.

Que en este sentido, se ha podido determinar que es bastante usual que se otorgue un puntaje mas elevado a los concursantes que provienen de cargos en el Poder Judicial por sobre los que ejercen libremente la profesión.

Que los abogados en ejercicio de la profesión tienen derecho, cumplidas ciertas condiciones, de recibir el mismo puntaje que le corresponde a un magistrado o funcionario del Poder Judicial, en lo que se refiere a los antecedentes profesionales.

Que uno de los objetivos que se persiguen al realizar concursos abiertos, es la participación de abogados de todos los ámbitos, y no solamente de los que pertenecen al Poder Judicial.

Que es a este respecto que corresponde enfatizar el aspecto vinculado al ejercicio profesional de la abogacía como una experiencia cuyo aporte al sistema judicial debe ser optimizada en el proceso de selección de magistrados y funcionarios judiciales, alineando por consiguiente dicha circunstancia a las prescripciones que emanan de la propia Constitución de la Ciudad y de la Ley 7.

Que entonces, resulta conveniente establecer estándares objetivos que armonicen y equiparen el puntaje otorgado por antecedentes profesionales en el Poder Judicial y por el ejercicio libre de la profesión.

Que por otro lado, en lo que se refiere estrictamente a antecedentes en el Poder Judicial o en el Ministerio Público, se ha establecido, entre otras cuestiones, un parámetro objetivo que determina que el mayor puntaje se otorgará al Secretario de Cámara que hubiese accedido al cargo por concurso público, o equivalente, si se concursara para juez de primera instancia, y en este último o equivalente, si se concursa para juez de cámara.

Que por su parte, en lo que se refiere a antecedentes por el ejercicio privado de la profesión o el desempeño de...

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