Resolución N° 343/CDNNYA/22

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 343/CDNNYA/22
Buenos Aires, 21 de marzo de 2022
VISTO: S: La Ley Nacional N° 26.061, las Leyes N° 114 (texto consolidado por Ley N°
6.347) y N° 6.516, la Disposición N° 157-DGNYA/2015, el Expediente Electrónico N°
09632556-GCABA-CDNNYA/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 114 (texto consolidado Ley N° 6.347) creó el Consejo de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo
las funciones que le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de
promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, conforme la
precitada norma, goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que la Ley Nº 2.213 creó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el
Sistema de Acogimiento Familiar (SAF), en el marco de la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) y la Ley Nacional N° 26.061, con el objeto de posibilitar
que las niñas, niños y adolescentes que no pudieran permanecer con su familia de
origen, lo hicieran de manera excepcional, subsidiaria y por el menor tiempo posible,
en un ambiente familiar que respetase su historia e identidad, debiéndose mantener
los vínculos con la familia de pertenencia y propiciar a través de mecanismos rápidos y
ágiles, el regreso de las niñas, niños y adolescentes a su grupo o medio familiar y/o
comunitario en función del interés superior del niño;
Que, en ese marco legal, mediante la Disposición N° 157-DGNYA/15 se creó el
Registro de Familias de Acogimiento en el ámbito del Programa de Acogimiento
Familiar, bajó la órbita de la entonces Dirección General de Niñez y Adolescencia del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, por su parte, y toda vez que ciertos programas que se encontraban bajo la órbita
de la Dirección General de Niñez y Adolescencia funcionaban exclusivamente a
solicitud de este Consejo, por ser sus destinatarios los mismos niños, niñas y
adolescentes por quienes este organismo interviene, mediante el Decreto Nº 133/21,
el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instruyó al precitado
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a celebrar los convenios
interadministrativos sobre reorganización y/o traspaso de programas de gestión a este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que, en el marco de la precitada normativa, el Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat y este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes suscribieron
un Convenio de Traspaso del Programa de Acogimiento Familiar al ámbito de este
organismo, obrante como CONVE-2021-21124016-GCABA-MDHYHGC, registrado
bajo el RL N° 2190 9508 ante la Dirección General de Escribanía General,
dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno, el cual entró
en vigor el 1° de agosto de 2021;
Que mediante la Ley N° 6.516 se derogó la Ley N° 2.213 y se creó en el ámbito de la
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Sistema de Acogimiento Familiar
Transitorio, siendo su autoridad de aplicación este Consejo de los Derechos de Niñas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6344 - 25/03/2022

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