Resolución N° 34/SSREGIC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 34/SSREGIC/21
Buenos Aires, 23 de marzo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
(Decreto Nº 1510/97), El Código de la Edificación (Ley N° 962), la Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004, el Decreto Nº 463/19 y su modificatorio, el Decreto Nº
177/2020, los Expedientes Electrónicos EX-2016-11134805- MGEYA-DGROC, EX-
2019-32768222-GCABA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico EX-2019-32768222-
GCABA-DGROC, que resulta ser continuación del Expediente Electrónico EX-2016-
11134805-MGEYA-DGROC, el cual se encuentra asociado, se presentó solicitud de
registro de obras ejecutadas sin permiso para el inmueble sito en la calle Francisco
Bilbao N° 2418 de esta Ciudad (Nomenclatura Catastral: Circ. 5, Secc. 048, Manz.
104, Parc.002);
Que se trata de una ampliación conformada por un total de noventa y cinco con cuenta
metros cuadrados (95.50 m 2 ), de los cuales ochenta y ocho con veinte metro
cuadrados (88.20 m 2 ) fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (P. Alta: balcón,
sector dormitorio, paso, vestidor, baño, escritorio y escalera); en tanto que siete con
treinta metros cuadrados (7.30 m 2 ) fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria
(P. Alta: sector dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las
obras existentes que fueran oportunamente aprobadas en Nº de Orden 21 Pág. 4/6
(PLANO-2016-11135520-DGROC) y los planos presentados para regularizar la
situación en Nº de Orden 7 (PLANO-2019-32714734-GCABA-DGROC), con destino
“Vivienda Unifamiliar”;
Que en Nº de Orden 20 Pág. 5 a 6/46 (RE-2016-11135314-DGROC) obran la Memoria
e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a lo establecido en el LIBRO
CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la Nación;
según consta en Nº de Orden 19 (DOCPE-2019-34625287-GCABA-DGROC);
Que según Nº de orden 42 (IF-2020-16126229-GCABA-DGROC) la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, detectó una diferencia en los
Derechos de Delineación y Construcción abonados y emitió boleta; según Nº de orden
48 (IF-2020-16582334- GCABA-DGROC) el profesional actuante agregó comprobante
de pago de la misma;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2020-23680989-GCABA-DGROC (n° de orden 63) expresó: “La superficie no
reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren
permiso de obra” y 4.6.4.2. “Iluminación y ventilación de locales de primera clase”
ambos del Código de la Edificación, según surge de Nº de Orden 52 (IF-2020-
17119790-GCABA-DGROC); observándose que la misma encuadra en los términos
del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención” del Código de la Edificación, modificado
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6116 - 04/05/2021

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