Resolución Nº 34/GCABA/SSADS/16

FirmantesFerrero
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA AdministraciÓN de Seguridad
Fecha de la disposición25 de Julio de 2016

VISTO:

Los Decretos Nros. 224/13, 353/14; 539/14, 297/15 y 386/15, las Resoluciones Nros.

1.727/MHGC/15 , 9/SSAFPC/16 y 63/SSAFPC/16, las Resoluciones Conjuntas Nros.

11/SECLYT/13, 1/SECLYT/14, 10/SECLYT/14, 2/SECLYT/15, y 1/MJGGC/16, los

Expedientes Nros. EX-2016-6666875-MGEYA-SSAFPC, EX-2016-5942815-MGEYA-

SSAFPC, EX-2016-7035842-MGEYA-SSAFP y EX-2016-13296165-MGEYA-SSAFPC,

y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramitan las Cláusulas Modificatorias Adicionales por

las ampliaciones de los montos de los Contratos de Locación de Servicios de las

personas detalladas en el Anexo que forma parte de la presente;

Que por las Resoluciones Nros. 9/SSAFPC/16 y 63/SSAFPC/16, se autorizaron las

citadas contrataciones bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse

en la Subsecretaría Administración de Seguridad dependiente del Ministerio de

Justicia y Seguridad;

Que se propicia una modificación ampliatoria en el monto originario de los honorarios

fijados en los contratos de locación de Servicios de las personas mencionadas, en

razón al desarrollo de las tareas asignadas;

Que por el Decreto N° 224/13, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a

los Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo, así como

también a los funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas

bajo los regímenes de locación de servicios y de obra, dentro de sus disponibilidades

presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales

por contrato;

Que asimismo, por el artículo 1° del mencionado Decreto se estableció que la

contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el

régimen de locación de servicios y de obra, deberán tramitar utilizando el Módulo

"LOyS" del Sistema de administración de Documentos Electrónicos-SADE-;

Que por las Resoluciones Conjuntas N° 11/SECLYT/13, N° 1/SECLYT/14, N°

10/SECLYT/14 y N° 2/SECLYT/15 se establecieron respectivamente, los

procedimientos administrativos que deberán observarse en la etapa de contratación y

de ejecución de los contratos celebrados bajo el aludido...

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