Resolución Nº 34/GCABA/SSADS/16
Firmantes | Ferrero |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA AdministraciÓN de Seguridad |
Fecha de la disposición | 25 de Julio de 2016 |
VISTO:
Los Decretos Nros. 224/13, 353/14; 539/14, 297/15 y 386/15, las Resoluciones Nros.
1.727/MHGC/15 , 9/SSAFPC/16 y 63/SSAFPC/16, las Resoluciones Conjuntas Nros.
11/SECLYT/13, 1/SECLYT/14, 10/SECLYT/14, 2/SECLYT/15, y 1/MJGGC/16, los
Expedientes Nros. EX-2016-6666875-MGEYA-SSAFPC, EX-2016-5942815-MGEYA-
SSAFPC, EX-2016-7035842-MGEYA-SSAFP y EX-2016-13296165-MGEYA-SSAFPC,
y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones tramitan las Cláusulas Modificatorias Adicionales por
las ampliaciones de los montos de los Contratos de Locación de Servicios de las
personas detalladas en el Anexo que forma parte de la presente;
Que por las Resoluciones Nros. 9/SSAFPC/16 y 63/SSAFPC/16, se autorizaron las
citadas contrataciones bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse
en la Subsecretaría Administración de Seguridad dependiente del Ministerio de
Justicia y Seguridad;
Que se propicia una modificación ampliatoria en el monto originario de los honorarios
fijados en los contratos de locación de Servicios de las personas mencionadas, en
razón al desarrollo de las tareas asignadas;
Que por el Decreto N° 224/13, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a
los Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo, así como
también a los funcionarios/as con rango o nivel equivalente, para contratar a personas
bajo los regímenes de locación de servicios y de obra, dentro de sus disponibilidades
presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($ 20.000) mensuales
por contrato;
Que asimismo, por el artículo 1° del mencionado Decreto se estableció que la
contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el
régimen de locación de servicios y de obra, deberán tramitar utilizando el Módulo
"LOyS" del Sistema de administración de Documentos Electrónicos-SADE-;
Que por las Resoluciones Conjuntas N° 11/SECLYT/13, N° 1/SECLYT/14, N°
10/SECLYT/14 y N° 2/SECLYT/15 se establecieron respectivamente, los
procedimientos administrativos que deberán observarse en la etapa de contratación y
de ejecución de los contratos celebrados bajo el aludido...
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