Resolución N° 2574/GCABA/MSGC/07
Firmantes | De Micheli |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 26 de Noviembre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 2574/ GCABA/ MSGC/ 07
MINISTERIO DE SALUD - ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN PRESTACIONES Y CONVENCIONES - REALIZAR ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - GESTIONES Y TRÁMITES NECESARIOS - PARA OBTENER EL PAGO DE FACTURAS VENCIDAS E IMPAGAS - POR SERVICIOS PRESTADOS POR EFECTORES DE SALUD
Buenos Aires, 26/11/2007
Visto la Ley N° 25.725, las Resoluciones N° 267/03 y N° 98/04 emitidas por el Ministerio de Economía de la Nación, Resolución N° 1.012-SSyMA/91 (B.M. N° 19.159), la Disposición Conjunta N° A 333-DGTAyL-DGC/04 (B.O.C.B.A. N° 2075) y el Registro N° 9.771-MSGC/06 y,
CONSIDERANDO:
Que por el registro del visto tramita la consolidación de la deuda del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en los términos de la Ley N° 25.725;
Que por el artículo 91 de la Ley N° 25.725 se dispuso la consolidación en el Estado Nacional de las obligaciones de causa o título anterior al 30 de junio de 2002 que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados mantenga con personas físicas y jurídicas del Sector Público o Privado;
Que por Resoluciones N° 267/03 y N° 98/04, el Ministerio de Economía de la Nación aprobó el procedimiento al que deberán ajustarse los trámites de consolidación de deudas en el ámbito del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados;
Que los distintos efectores de salud dependientes de este Ministerio registran facturas impagas derivadas de prestaciones médico hospitalarias brindadas al mencionado instituto;
Que mediante la Resolución N° 1.012-SSyMA/91 (B.M. N° 19.159) se aprueba el procedimiento a seguir en relación a las facturas impagas de las obras sociales, prepagas o terceros responsables por prestaciones médicas asistenciales que brindan los hospitales y se establece que, fracasada la instancia de cobro a cargo de los nosocomios, corresponde la intervención del entonces Departamento de Arancelamiento Hospitalario para que realice una última gestión de cobro en carácter previo a su remisión a la Procuración General para la gestión judicial;
Que por Disposición Conjunta N° A 333-DGTAyL-DGC/04 (B.O.C.B.A. N° 2075) se atribuye la mencionada intervención a la Dirección de Prestaciones y Convenios, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio;
Que de acuerdo a las...
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