Resolución N° 1614/GCABA/MGGC/07
Firmantes | Gorgal |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 27 de Noviembre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 1614/ GCABA/ MGGC/ 07
MINISTERIO DE GOBIERNO - DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - INTERPUESTO POR DELFINO MAGNUS SA - CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 7.521-DGFYC-06 - POR FALTA PERMISO DE USO DE CARTELES PUBLICITARIOS INMUEBLE SITO RINCÓN 1.339
Buenos Aires, 27/11/2007
Visto la Carpeta N° 2.801-DGFyC/06 e inc., y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto contra las actas de comprobación labradas al titular de los carteles publicitarios ubicados en la calle Rincón 1339;
Que en fecha 20 de septiembre de 2006, se inspeccionó la finca de la calle Rincón 1339, comprobándose la existencia de dos carteles dobles en V, por dicho motivo se labraron a su titular, actas de comprobación por carecer de permiso de uso y seguro de responsabilidad civil contra terceros;
Que por Acta de Intimación N° 12.403, se intimó a presentar permiso de uso y seguro de responsabilidad civil contra terceros de dos carteles dobles en V emplazados en el inmueble de la calle Rincón 1339;
Que se presentó el apoderado de la firma Delfino Magnus S.A., e interpuso recurso de reconsideración contra las actas de comprobación labradas, manifestando que posee seguro de responsabilidad civil que acompaña y que a la brevedad agregará la documentación que acredite la habilitación de esos carteles, solicitando además el plazo de quince días normado en el artículo 2.1.9 AD. 700.5, del Código de Habilitaciones y Permisos;
Que por Disposición N° 7.521-DGFyC/06, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra las actas mencionadas, como así también se rechaza la prórroga solicitada;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó que se remita copia certificada del legado correspondiente a la intervención del Controlador/a Administrativo/a y en su caso a la actuación de la Justicia Contravencional y de Faltas, donde conste la resolución firme atinente a las actas labradas;
Que se agregó el legajo iniciado en la Unidad Administrativa de Control de Faltas, con motivo de las actas labradas, en el mismo la Controladora Administrativa de Faltas N° 13, resolvió, declarar la validez de las actas de comprobación que enuncia, por lo cual da por acreditado la comisión de la falta de permiso de uso de los carteles publicitarios, y se agregó el comprobante de pago...
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