Resolución N° 46/PJCABA/TSJ/07
Firmantes | Casás |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia |
Fecha de la disposición | 26 de Octubre de 2007 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN N° 46/ PJCABA/ TSJ/ 07
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - APRUEBA CONTRATACIÓN DIRECTA CON LA FIRMA LEXIS NEXIS ARGENTINA SA - POR RENOVACIÓN DE SUSCRIPCIONES ANUALES A DIVERSAS PUBLICACIONES - PARA AÑO 2008
Buenos Aires, 26/10/2007
Visto el Expediente Interno N° 218/07, y
CONSIDERANDO:
Que en estas actuaciones se documenta la renovación de las suscripciones anuales a las publicaciones Jurisprudencia Argentina, Lexis Nexis Jurisprudencia en CD-ROM, cinco (5) suscripciones al semanario Jurisprudencia Argentina y las revistas Derecho de Familia y Derecho Penal, todos materiales editados y distribuidos en forma exclusiva por la firma Lexis Nexis Argentina S.A., para el año 2008;
Que el Área de Contaduría tomó conocimiento a fojas 11 y efectuó la reserva de partida para afectar a los créditos presupuestarios del próximo ejercicio, por la suma de hasta dieciséis mil pesos ($ 16.000);
Que la Dirección General de Administración dictó su Disposición N° 346/07 autorizando el llamado a contratación directa, de conformidad con lo establecido en el inciso 4° del artículo 28 de la Ley N° 2.095 y el Anexo I de la Acordada N° 5/01 (fojas 13/16);
Que el Área de Compras y Contrataciones dio aviso a la Unión Argentina de Proveedores de Estado y cursó la invitación a cotizar a la firma mencionada, con la indicación expresa de manifestarse acerca del carácter de distribuidora exclusiva (fojas 18/27);
Que Lexis Nexis Argentina S.A. remitió el presupuesto de fojas 28/29. Asimismo, a fojas 30 consta la declaración de exclusividad;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas constato la inscripción de la participante en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), según los datos obrantes ante ese organismo, agregados a fojas 34/37 y suscriptos por su responsable;
Que a fojas 38/44 obran el cuadro comparativo de precios y los certificados de libre deuda, acreditantes del cumplimiento de lo establecido por el artículo 7° de la Ley N° 269 sobre deudores alimentarios morosos;
Que la Comisión de Preadjudicaciones -en atención al procedimiento establecido por los artículos 12 y 46 del Decreto
N° 480/07, reglamentario del artículo 106 de la Ley N° 2.095- se expidió de la siguiente forma (fojas 46/49):
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SOBRE los aspectos formales de la oferta, la firma cumple con los requisitos.
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Respecto de la aptitud del oferente, la información disponible en el RIUPP le...
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