Resolución N° 46/PJCABA/TSJ/07

FirmantesCasás
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorTribunal Superior de Justicia
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2007

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

RESOLUCIÓN N° 46/ PJCABA/ TSJ/ 07

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - APRUEBA CONTRATACIÓN DIRECTA CON LA FIRMA LEXIS NEXIS ARGENTINA SA - POR RENOVACIÓN DE SUSCRIPCIONES ANUALES A DIVERSAS PUBLICACIONES - PARA AÑO 2008

Buenos Aires, 26/10/2007

Visto el Expediente Interno N° 218/07, y

CONSIDERANDO:

Que en estas actuaciones se documenta la renovación de las suscripciones anuales a las publicaciones Jurisprudencia Argentina, Lexis Nexis Jurisprudencia en CD-ROM, cinco (5) suscripciones al semanario Jurisprudencia Argentina y las revistas Derecho de Familia y Derecho Penal, todos materiales editados y distribuidos en forma exclusiva por la firma Lexis Nexis Argentina S.A., para el año 2008;

Que el Área de Contaduría tomó conocimiento a fojas 11 y efectuó la reserva de partida para afectar a los créditos presupuestarios del próximo ejercicio, por la suma de hasta dieciséis mil pesos ($ 16.000);

Que la Dirección General de Administración dictó su Disposición N° 346/07 autorizando el llamado a contratación directa, de conformidad con lo establecido en el inciso 4° del artículo 28 de la Ley N° 2.095 y el Anexo I de la Acordada N° 5/01 (fojas 13/16);

Que el Área de Compras y Contrataciones dio aviso a la Unión Argentina de Proveedores de Estado y cursó la invitación a cotizar a la firma mencionada, con la indicación expresa de manifestarse acerca del carácter de distribuidora exclusiva (fojas 18/27);

Que Lexis Nexis Argentina S.A. remitió el presupuesto de fojas 28/29. Asimismo, a fojas 30 consta la declaración de exclusividad;

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas constato la inscripción de la participante en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), según los datos obrantes ante ese organismo, agregados a fojas 34/37 y suscriptos por su responsable;

Que a fojas 38/44 obran el cuadro comparativo de precios y los certificados de libre deuda, acreditantes del cumplimiento de lo establecido por el artículo 7° de la Ley N° 269 sobre deudores alimentarios morosos;

Que la Comisión de Preadjudicaciones -en atención al procedimiento establecido por los artículos 12 y 46 del Decreto

N° 480/07, reglamentario del artículo 106 de la Ley N° 2.095- se expidió de la siguiente forma (fojas 46/49):

  1. SOBRE los aspectos formales de la oferta, la firma cumple con los requisitos.

  2. Respecto de la aptitud del oferente, la información disponible en el RIUPP le...

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