Resolución N° 1252/GCABA/MGGC/07
Firmantes | Gorgal-Peña |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 20 de Septiembre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 1252/ GCABA/ MGGC/ 07
APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - RUIZ DÍAZ DE GUZMÁN 220
Buenos Aires, 20/09/2007
Visto el Expediente N° 80.957/05 por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la Vivienda multifamiliar no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Ruiz Diaz de Guzmán 220, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 03, Sección 08, Manzana 48, Parcela 06;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 30 a 36 del Expediente N° 80.957/05, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 83,52 m2 reglamentarios (planta baja: superficie parcial del comedor; primer piso: superficie parcial de la cocina-lavadero; segundo piso: alero, auxiliar de portería, baños, acceso y dormitorio) y de 63,08 m² no reglamentarios (planta baja: galerías y superficie parcial de las cocinas-lavaderos; primer piso: superficie parcial de las cocinas-lavaderos; segundo piso: ante-comedor, cocina-lavadero y dormitorio) en una Vivienda multifamiliar no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano registrado anterior a fojas 9;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 Trabajos que requieren permiso de obra, 4.6.4.2 Iluminación y ventilación de los locales de primera clase y 4.6.4.3 Iluminación y ventilación de los locales de segunda clase y escaleras principales todos del Código de la Edificación y 4.1.3.3 Prohibiciones relativas a las áreas descubiertas del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 23 de julio de 2007 (fs. 42), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs.18/19), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la...
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