Resolución N° 344/GCABA/MPYOPGC/07

FirmantesSchiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Planeamiento y Obras Públicas
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN N° 344/ GCABA/ MPYOPGC/ 07

DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE TAXI N° 37.252 DE CARLOS FERNANDO BOSSO - BTO 945

Buenos Aires, 15/05/2007

Visto el Expediente N° 38.141/06 e incorporado el Registro N° 12.088-DGTRANSPORTE/06, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado señalado en el visto, se solicitó a la empresa concesionaria SACTA S.A. un informe pormenorizado de la Licencia de Taxi N° 37.252, manifestando dicha empresa mediante Nota N° 202-SACTA S.A./06, Registro N° 10.685-DGTRANSPORTE/06, que la citada licencia, expedida a favor del señor Carlos Fernando Bosso, DNI 16.113.377, para prestar el servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro con vehículo afectado dominio BTO 945, se encuentra vencida desde el día 25 de noviembre de 2004;

Que encontrándose vencida la Licencia N° 37.252, en fecha 5 de diciembre de 2005 se autorizó la renovación de la misma solicitada por el licenciatario y en fecha 1° de diciembre de 2005 se le notificó en debida forma, en su carácter de titular de la licencia antes citada, que debía regularizar la situación de la misma y renovar la habilitación dentro del plazo perentorio de treinta (30) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de disponer la baja de la habilitación, de conformidad a lo previsto en el art. 44 de la Ordenanza N° 41.815 (AD 811.1/11, B.M. N° 17.950 del 15/1/87);

Que el plazo perentorio otorgado para la realización del trámite de renovación de la habilitación se encuentra vencido en exceso, no obrando constancia alguna en las actuaciones de referencia ni en los registros de la empresa concesionaria SACTA S.A. de la que surja que el señor Carlos Fernando Bosso haya realizado los trámites necesarios para regularizar la situación de la Licencia N° 37.252;

Que el art. 6° de la Ordenanza N° 41.815 (A.D.811.2), establece la vigencia de la licencia de taxi por el plazo de un año, debiendo procederse luego a su renovación en los términos y condiciones previstos por la normativa aplicable en la materia;

Que el artículo 44 de la Ordenanza N° 41.815 dispone: De los Plazos Vencidos: En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar al titular en el domicilio denunciado por el mismo, con notificación fehaciente de que tendrá un plazo de treinta (30) días para regularizar la situación, caso contrario se procederá a la baja de la...

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