Resolución N° 294/GCABA/MPYOPGC/07

FirmantesSchiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Planeamiento y Obras Públicas
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN N° 294/ GCABA/ MPYOPGC/ 07

SE DISPONE CADUCIDAD DE LICENCIA DE TAXI N° 37.524, OTORGADA A JUAN ALBERTO BARRERA - BAJA - VEHÍCULO DOMINIO C 1616077

Buenos Aires, 02/05/2007

Visto el Expediente N° 14.815/06, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado señalado en el visto se solicitó a la empresa concesionaria SACTA S.A. un informe pormenorizado de la Licencia de Taxi N° 37.524, manifestando dicha empresa mediante Nota N° 61-SACTA S.A./06, Registro N° 21.060-DGEVyL/06, que la citada licencia, expedida a favor del señor Juan Alberto Barrera, DNI 17.316.397, para prestar el servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro con vehículo afectado dominio C 1616077, se encuentra vencida desde el día 28 de octubre de 1995;

Que encontrándose vencida la Licencia N° 37.524, en fecha 25 de octubre de 2005 se notificó en el domicilio constituido, mediante cédula debidamente diligenciada, al señor Juan Alberto Barrera, en su carácter de titular de la licencia antes citada, que debía regularizar la situación de la misma y renovar la habilitación dentro del plazo perentorio de treinta (30) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de disponer la baja de la habilitación, de conformidad a lo previsto en el art. 44 de la Ordenanza N° 41.815 (AD 811.1/11, B.M. N° 17.950 del 15/1/87);

Que el plazo perentorio otorgado para la realización del trámite de renovación de la habilitación se encuentra vencido en exceso, no obrando constancia en las actuaciones ni en los registros de la empresa concesionaria SACTA S.A. de la que surja que el señor Juan Alberto Barrera haya realizado los trámites necesarios para regularizar la situación de la Licencia N° 37.524;

Que el art. 6° de la Ordenanza N° 41.815 (A.D.811.2), establece la vigencia de la licencia de taxi por el plazo de un año, debiendo procederse luego a su renovación en los términos y condiciones previstos por la normativa aplicable en la materia;

Que el artículo 44 de la Ordenanza N° 41.815 dispone: De los Plazos Vencidos: En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar al titular en el domicilio denunciado por el mismo, con notificación fehaciente de que tendrá un plazo de treinta (30) días para regularizar la situación, caso contrario se procederá a la baja de la habilitación;

Que atento la jerarquía legal que reviste la Ordenanza N° 41.815, el...

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