Resolución N° 306/GCABA/MGGC/07

FirmantesGorgal
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 306/ GCABA/ MGGC/ 07

DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISP. N° 3.221-DGFOC -04 - GENARO BELLO - FUNDACIÓN CRUZADA ARGENTINA A CADA HOGAR - PEDIDO DE PRÓRROGA CON RELACIÓN A LAS OBRAS IRREGULARES DETECTADAS EN EL INMUEBLE SITO EN LA CALLE BERMÚDEZ 455

Buenos Aires, 07/03/2007

Visto el Expediente N° 80.026/03, y

CONSIDERANDO:

Que, a través de los presentes actuados tramita el procedimiento iniciado con relación a las obras irregulares detectadas en el inmueble sito en la calle Bermúdez 455;

Que, mediante la Nota N° 13.161-DGFOC/03, se procedió a intimar al propietario del inmueble de referencia a los efectos que proceda a la regularización o demolición de la obra realizada en contravención al art. 2.2.5.2 del Código de Edificación;

Que dicho acto administrativo fue notificado con fecha 1° de diciembre de 2003;

Que con fecha 18 de diciembre 2003 se presenta el Sr. Genaro Bello, en su carácter de apoderado de la Fundación Cruzada Argentina a cada Hogar, a los efectos de solicitar una prórroga para la presentación de los planos;

Que, consecuentemente, la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro mediante Disposición N° 1.024-DGFOC/04, procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado, para que regularice la situación presentando documentación de acuerdo a normas vigentes o bien demoliendo las obras ejecutadas sin permiso;

Que dicho acto administrativo fue notificado con fecha 4 de junio de 2004;

Que mediante Presentación a Agregar N° 1, se presenta nuevamente el Sr. Genaro Bello, en su carácter de apoderado de la Fundación Cruzada Argentina a cada Hogar, a los efectos de solicitar una nueva prórroga;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 3.221-DGFOC/04, rechazó el pedido de prórroga solicitada y, procedió a intimar al propietario para que un plazo de 20 (días) proceda a regularizar la situación bajo apercibimiento de aplicación de una multa y a la ejecución de los trabajos por administración y a su costa, sin perjuicio de aplicación de multas periódicas cada 30 (treinta) días hasta que se materialicen los trabajos intimados, conforme establece el art. 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención -Trabajos de emergencia del Código de Edificación La situación se regulariza presentando documentación de acuerdo a las normas vigentes o bien...

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