Resolución N 897/GCABA/SSPLAN/11

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 897/GCABA/SSPLAN/11SE AUTORIZA AL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN BOLIVIA 1591/99

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2011

RESOLUCIÓN N.° 897/SSPLAN/11

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2011

VISTO:

El Expediente N° 1524296/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Bolivia N° 1591/99 esquina Remedios de Escalada de San Martín, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar y Agencia Comercial;

Que se trata de una modificación bajo parte cubierta (PB: Estar Comedor y Sector Agencia Comercial) y una ampliación conformada por un total de 72,80m2 de los cuales 22,50m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Dormitorio y Baño), en tanto que 50,30m2 en forma no reglamentaria (PA: Baño, Lavadero y Dormitorio) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 8) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 40 a 47), con destino Vivienda Multifamiliar y Agencia Comercial;

Que obra a fojas 12 a 13 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 9;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.3.1 "Áreas y Lados Mínimos de Locales de Primera Clase", ambos del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 "Distrito R2bII, Disposiciones Particulares, inciso f) FOT Máximo" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 52 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR