Resolución N° 485/GCABA/MMAGC/06

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 485/ GCABA/ MMAGC/ 06

APROBACIÓN DE INFORMES DE PRESELECCIÓN - PRESELECCIONAMIENTO DE FIRMAS - DISPOSICIÓN PARA REALIZACIÓN DEL ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N° 2 DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 697-06 - OBRA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS PARA LA RESERVA ECOLÓGICA COSTANERA SUR -

Buenos Aires, 06/11/2006

Dispone la realización del acto de apertura del sobre N° 2 de la licitación pública N° 697/06

Visto el Expediente N° 37.799/06, la Ley N° 13.064, la Resolución N° 241-MMAGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados tramita la realización de la obra: Construcción del Sistema de Prevención de Incendios para la Reserva Ecológica Costanera Sur, Organismo Fuera de Nivel dependiente de este Ministerio de Medio Ambiente, por el importe estimado de pesos un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos once ($ 1.464.411);

Que, por Resolución N° 241-MMAGC/06 se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas generales y particulares que rigen la presente licitación, estableciéndose la fecha de apertura para el día 18 de septiembre de 2006, a las 14 hs., en la Reserva Ecológica Costanera Sur Organismo Fuera de Nivel dependiente de este Ministerio de Medio Ambiente;

Que, el acto de apertura de la licitación tuvo lugar el día y hora previstos, recibiéndose la cantidad de tres (3) ofertas según el acta de apertura de propuestas obrante en el expediente de referencia;

Que, mediante Resolución N° 383-MMAGC/06, el Sr. Ministro de Medio Ambiente procedió a designar a los miembros de la Comisión Permanente de Preadjudicaciones;

Que, la citada comisión, en ejercicio de sus funciones, procedió a analizar el Sobre N° 1 de las ofertas presentadas por las firmas Cunumi S.A., Tecnipisos S.A. y Sutec S.A.;

Que, la tarea de la comisión fue de carácter interdisciplinaria abordándose las diferentes temáticas conforme las pertinentes incumbencias profesionales;

Que, el marco normativo aplicable se ha interpretado en el sentido que determinan los principios y disposiciones fijados por la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064 y sus normas reglamentarias, poniendo especial énfasis en salvaguardar el interés público, en un marco de respeto al sistema legal vigente y a la igualdad de los oferentes;

Que, del análisis efectuado surge que las...

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