Resolución N° 1073/GCABA/MGGC/06
Firmantes | Gorgal-Peña |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 30 de Octubre de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 1073/ GCABA/ MGGC/ 06
INMUEBLE LOYOLA 1156 UF 1 - SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EJECUTADAS SIN PERMISO
Buenos Aires, 30/10/2006
Visto el Expediente N° 28.403/05 por el cual se solicita la regularización de obras ejecutadas sin permiso reglamentarias y no reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en una Vivienda Multifamiliar afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Loyola 1156 - Unidad Funcional N° 1, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 18, Sección 31, Manzana 47, Parcela 34;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia, obrando conformidad del 100% del consorcio de copropietarios a fs. 10;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 1 y 27 a 31 del Expediente N° 28.403/05, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 123,83 m2 reglamentarios (planta baja: garage, ante-comedor y pasillo; planta alta: lavadero, dormitorio, vestidor, baño, pasillo, escritorio y escalera) y de 44,23 m2 no reglamentarios (planta baja: estar-comedor, cocina y dormitorios) en una Vivienda Multifamiliar afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano registrado anterior a fojas 9;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 Trabajos que requieren permiso de obra, 4.6.3.1 Áreas y lados mínimos de los locales de primera y tercera clase, 4.6.4.2 Iluminación y ventilación de los locales de primera clase y 4.6.4.3 Iluminación y ventilación de los locales de segunda clase y escaleras principales todos del Código de la Edificación;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 22 de junio de 2006 (fs. 39), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 14), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo...
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