Resolución N° 92/PJCABA/DG/06
Firmantes | Christe |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Defensoria General de la Ciudad de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 19 de Octubre de 2006 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N° 92/ PJCABA/ DG/ 06
APRUEBA PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS OFICIALES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO - LISTADO DE IDENTIFICACIÓN DE OBJETOS DE LAS CONSULTAS ASIGNADAS - DEFENSORÍA
Buenos Aires, 19/10/2006
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución DG N° 81/06 se ha dispuesto que la asignación de nuevas consultas a las Defensorías Oficiales ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario se efectúe mediante sorteo a realizarse en la sede de esta Defensoría General;
Que este mecanismo será operativo desde el próximo día lunes 23 de octubre, aunque provisoriamente por desinsaculación mediante bolillero (cf. Resolución DG N° 91/06), hasta tanto el Consejo de la Magistratura provea, instale y ponga en efectivo funcionamiento el sistema informático oportunamente requerido (vid. Oficio DG N° 1.754; actuación CM N° 18.186);
Que, en consecuencia, resulta necesario fijar el procedimiento a seguir ante la eventual aparición de conflictos entre las Defensorías Oficiales, ya sean éstos positivos o negativos, derivados de posibles casos de prevención o conexidad entre consultas anteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior y las nuevas que se sortean a estas dependencias;
Que, por tal motivo, se aprobará el Protocolo de Actuación que obra como Anexo I de la presente así como el listado de codificación de objetos del Anexo II;
Que, por otra parte, se hace igualmente necesario establecer la forma en que habrán de intervenir las Defensorías Oficiales en aquellos casos en que la asistencia letrada no se prestará en virtud de una demanda espontánea del individuo, canalizada a través de la Oficina de Sorteo de esta Defensoría General, sino que será requerida a instancia de los tribunales intervinientes, v. gr. a título meramente ejemplificativo, los previstos en los arts. 28, inc. a, de la Ley N° 21 y 287, sexto párrafo, del Código Contencioso Administrativo y Tribuntario de la Ciudad de Buenos Aires;
Que resulta adecuado distribuir la actuación según el número par o impar del juzgado o sala remitente de las actuaciones judiciales, de modo tal que se corresponda con la misma identificación de las Defensorías Oficiales; mecanismo que se mantendrá por períodos anuales, rotando automáticamente cada 1° de enero;
Que en lo que concierne al primer turno a realizar, corresponde establecer que él dará comienzo a partir del día 23 de octubre del corriente y se extenderá, por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2007;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones contempladas en el art. 124 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y 24, inciso 2°, de la Ley N° 21;
Por ello,
LA DEFENSORA GENERAL SUSTITUTA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
-
APROBAR el Protocolo de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba