Resolución N° 497/GCABA/SIYP/06

FirmantesFeletti
Jefe de GobiernoJorge Telerman
Emisor(Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N° 497/ GCABA/ SIYP/ 06

CONVALIDA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA - INCUMPLIMIENTO DE ÓRDENES DE SERVICIO DE LA OBRA ADECUACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO, AV. CORRIENTES, LAVALLE Y URUGUAY, ADJUDICADA A LA EMPRESA EDUARDO CARAMIAN SACICIF Y A

Buenos Aires, 17/03/2006

Visto la Carpeta N° 314-DGDURB/06, por la cual tramita la aplicación de multas por el incumplimiento de órdenes de servicio de la obra Adecuación del espacio público, Av. Corrientes, Lavalle y Uruguay, adjudicada a la empresa Eduardo Caramian S.A.C.I.C.I.F. y A., que tramita por Expediente N° 26.275/04, y

CONSIDERANDO:

Que la obra que se trata fue adjudicada a la empresa Eduardo Caramian S.A.C.I.C.I.F. y A. por Resolución N° 1.377-SIyP/04, de fecha 23 de diciembre de 2004, tramitada por Expediente N° 26.275/04;

Que la Inspección de Obra se encuentra a cargo del Área de Inspección de Obra de la Dirección General de Desarrollo Urbano dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento;

Que la Inspección de Obra en uso de sus atribuciones procedió a la aplicación de la sanción Llamado de atención prevista en el 1.11.5 y 1.11.6 del pliego de condiciones generales y 2.11.1 del pliego de condiciones particulares que rigen la presente obra, por Orden de Servicio N° 54 de fecha 10 de marzo de 2005 y la cual fue ratificada por Orden de Servicio N° 59 de fecha 16 de marzo de 2005;

Que ante los reiterados incumplimientos de órdenes de servicio se procedió a aplicar la multa correspondiente Multa por incumplimiento de órdenes de servicio ítem 2.11.5 del pliego de condiciones particulares, procediendo al cálculo de la misma de acuerdo a lo indicado en el inc. 1) de dicho ítem, por Orden de Servicio N° 220 de fecha 16 de marzo de 2006;

Que tales multas se fundamentan en que con fecha 9 de enero de 2006, fueron retirados de la obra los vallados;

Que por Orden de Servicio N° 190 del 10 de enero de 2006 se intima a la contratista a su reposición en un plazo de 24 hs.;

Que por Orden de Servicio N° 197 del 24 de enero de 2006, se reitera a la empresa su obligación contractual de mantener el vallado de la obra;

Que por Orden de Servicio N° 200 del 30 de enero de 2006, se reiteran las órdenes de servicio anteriores objetando la pasarela antirreglamentaria para circulación de transeúntes;

Que por Orden de Servicio N° 204 del 6 de...

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