Resolución N° 196/GCABA/SSJYT/06
Firmantes | Fernández-Moores |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | (Ex) Subsecretaría de Justicia y Trabajo |
Fecha de la disposición | 9 de Febrero de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO
RESOLUCIÓN N° 196/ GCABA/ SSJYT/ 06
GABRIELA LANZA - SE ACEPTA SU RENUNCIA COMO ADSCRIPTO AL REGISTRO NOTARIAL N° 2.027 Y SE LO DESIGNA COMO ADSCRIPTO AL REGISTRO NOTARIAL N° 1.112 - ESCRIBANOS
Buenos Aires, 09/02/2006
Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 2.696/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), 2.720/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), 92/05 (B.O.C.B.A. N° 2116), 280/05 (B.O.C.B.A. N° 2145) y el Expediente N° 79.703/05, y
CONSIDERANDO:
Que, la escribana María Graciela Clarens, Matrícula N° 2.044, titular del Registro Notarial N° 1.112, ha solicitado se designe como adscripto al citado Registro al escribano Gabriel Hugo Lanza, Matrícula N° 4.769;
Que, por otra parte, el escribano Gabriel Hugo Lanza, ha presentado su renuncia, al cargo de adscripto del Registro Notarial N° 2.027, condicionada a la fecha de tomar posesión del nuevo cargo;
Que, en tal sentido la escribana Marcela Adriana Vázquez, titular del Registro Notarial N° 2.027, ha prestado conformidad a la renuncia efectuada por el escribano Lanza;
Que, en relación con la renuncia presentada por el escribano Lanza, al cargo de adscripto del Registro Notarial N° 2.027, el peticionante ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 23 in fine del Decreto Reglamentario de la Ley Orgánica Notarial al presentar su renuncia por escrito ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la situación del colegiado al momento de su presentación;
Que, conforme surge de las constancias obrantes en autos se han efectuado las inspecciones de protocolo correspondientes a los Registros Notariales Nros. 2.027, del cual el renunciante es adscripto, y 1.112, para el cual es propuesto, tal como estipula el art. 13 del Decreto N° 1.624/00, obteniendo las mismas resultados favorables;
Que, con relación a la solicitud de adscripción, se encuentra acreditado que la escribana titular proponente tiene una antigüedad en tal carácter en esta Ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, conforme lo exige el artículo 46 inciso a) de la Ley N° 404;
Que, el escribano Gabriel Hugo Lanza ha obtenido un puntaje de seis (6) puntos en la prueba escrita y de ocho (8) puntos en la prueba oral del concurso de oposición y...
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