Resolución Nº 1365/2011
Fecha de disposición | 11 Octubre 2011 |
Fecha de publicación | 02 Diciembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 11/10/2011
VISTO el Expediente Nº 1.459.107/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las presentes actuaciones tramita la solicitud de homologación del Acuerdo obrante a fojas 42/47 del Expediente de referencia, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 133/75 “E”, entre el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADO DE LOS HIPODROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y ANEXOS, y el JOCKEY CLUB ASOCIACION CIVIL, conforme con lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de las constancias de autos, surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente, destacando que las mismas han sido oportunamente suscriptoras del referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 133/75 “E”.
Que mediante el Acuerdo cuya homologación se pretende, las partes pactan una recomposición salarial con vigencia desde el 1 de junio de 2011 hasta el 31 de mayo de 2012, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de la Entidad Sindical suscriptora, emergentes de su Personería Gremial.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados; posteriormente procede remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones de Trabajo a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de acuerdo con lo previsto en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADO DE LOS HIPODROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y ANEXOS, y el JOCKEY CLUB ASOCIACION CIVIL, obrante a fojas 42/47 del Expediente Nº 1.459.107/11, conforme con lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 42/47 del Expediente Nº 1.459.107/11.
— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente remítase las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio conforme con lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).
— Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del instrumento homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Comuníquese, publíquese, dése a...
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