Resolución N° 2954/GCABA/SSJYT/05

FirmantesFernández Moores
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Justicia y Trabajo
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO

RESOLUCIÓN N° 2954/ GCABA/ SSJYT/ 05

DECLARA VACANTE EL REGISTRO NOTARIAL 231 POR FALLECIMIENTO DE SU TITULAR - RAÚL FÉLIX VEGA OLMOS

Buenos Aires, 10/11/2005

Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 2.696/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), 2.720/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), 92/05 (B.O.C.B.A. N° 2116), 280/05 (B.O.C.B.A. N° 2145) y el Expediente N° 72.674/05, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, tramita la nota remitida por el Colegio de escribanos de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 5 de octubre de 2005, por la que comunica a este Poder Ejecutivo el fallecimiento del escribano Raúl Félix Vega Olmos, titular del Registro Notarial N° 231;

Que, obra a fs. 2 copia del certificado de defunción del escribano Raúl Félix Vega Olmos, expedido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, asimismo el Colegio de escribanos de la Ciudad informa que el escribano Mariano Vega Olmos, Titular del Registro Notarial N° 1.950, efectuó la reserva del Registro Notarial N° 231, para solicitar el pase de titularidad establecido por el art. 15 del Decreto N° 1.624/00, por lo cual se lo hizo depositario de la documentación perteneciente al mismo;

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, establece que la vacancia de un registro se produce, entre otros motivos, por la muerte de su titular;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha ley;

Que, mediante los Decretos Nros. 2.696/03 y 2.720/03 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, y se dispuso: Transfiérese la Dirección General de Registros de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica a la dependencia de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo conservando sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto, y modificando su denominación por la de Justicia y Registros; y en consecuencia, se estableció dentro de las competencias de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo la de: Llevar el Registro de escribanos (Ley N° 404) y dictaminar sobre los proyectos de actos administrativos en la materia;

Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el...

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