Resolución N° 3016/GCABA/SHYF/05

FirmantesAlbamonte
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 3016/ GCABA/ SHYF/ 05

MARTA INÉS MIRAVETE CICERO - F. N° 311.222 - SE LA EXONERA - SENTENCIA FIRME - CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES

Buenos Aires, 06/10/2005

Visto el Expediente N° 78.234/03 mediante el cual se instruyó Sumario Administrativo N° 108/04 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación de la referencia se instruyó el pertinente sumario administrativo a fin de determinar las responsabilidades disciplinarias que pudieran corresponder respecto de la situación irregular que reviste la agente Martha Inés Miravete Cicero (F. N° 311.222);

Que asimismo y según las constancias glosadas a los autos referidos en el visto, surgió la irregular situación de la encartada a la cual se le efectuó la retención de la partida presupuestaria, en razón de hallarse privada de su libertad, ordenándose la no percepción de haberes a partir de agosto de 1994;

Que a pesar de haber sido condenada el 25/4/95 por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 a la pena de cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo para desempeñarse como funcionaria o empleada pública, continuó reteniendo la partida de agentes privados de la libertad;

Que abierta la etapa instructoria, la agente Daniela Aída Gutiérrez, la cual tuvo a su cargo el ex Registro de Necesidades Operativas desde 1991 hasta el 11/7/94, manifestó que durante su gestión no había una partida presupuestaria para encasillar a los agentes privados de su libertad;

Que por su parte, Noemí Rosa San Martín, entonces Jefa del Departamento Evaluación de Necesidades y Planificación, a cargo del Registro de Agentes en Disponibilidad, expresó en su declaración informativa que en el año 1994 envió una carta documento a la sumariada a fin de que se presentara en el aludido ex Registro de Necesidades Operativas a efectos de justificar una licencia médica;

Que como consecuencia de ello una persona cuyo nombre no recuerda presentó una certificación judicial donde constaba que la encartada se encontraba privada de su libertad, solicitando entonces la dicente la retención de partida, haciéndose saber la situación a la Secretaría de Hacienda y Finanzas para su posterior comunicación a la Procuración General de la Ciudad;

Que la agente continúa revistando en la partida de agentes privados de libertad por no haberse recibido en el Registro de...

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