Resolución N° 696/PJCABA/CMCABA/05

FirmantesRosenfeld ( LIC.) - Iráizoz - Cavaliere - Castorino - De Stefano (AUSENTE) - May Zubiría - Garavano - Caputo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2005

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 696/ PJCABA/ CMCABA/ 05

MODIFICA EL ARTÍCULO 64 DEL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 504-CM-05 - REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - RÉGIMEN DE LICENCIAS

Buenos Aires, 01/09/2005

Visto la Resolución CM N° 504/05, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la misma, se derogó el Anexo I de la Resolución CM N° 363/03 y se aprobó el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su artículo 5°, se sustituyó el régimen de licencias previsto en la Resolución CM N° 302/03 por el establecido en el referido reglamento;

Que la redacción del artículo 64 del reglamento ha dado lugar a interpretaciones equívocas sobre el modo de acreditar las razones de salud que justifiquen el otorgamiento de licencias por enfermedad, por lo que se resulta necesario disponer su modificación;

Que, asimismo, se juzga conveniente disponer, para los casos de licencia por enfermedad de largo tratamiento, la realización de una junta médica a fin de que evalúe el caso, efectúe un diagnóstico, tratamiento al que debe ser sometido el agente, monitoreo sobre el cumplimiento del mismo, como también pronóstico, y posible fecha de alta médica;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Modificar el artículo 64 del Anexo I de la Resolución CM N° 504/05, reemplazándolo por el siguiente texto:

Art. 64. Certificados Médicos.

Las licencias por enfermedad deben ser solicitadas presentando un certificado médico, expedido por el servicio de control de ausentismo que determine el Consejo de la Magistratura.

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