Resolución N° 173/GCABA/SSCRYAC/05

FirmantesRey
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorSubsecretaría de Coordinación, Recursos y Acción Comunitaria
Fecha de la disposición15 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, RECURSOS Y ACCIÓN COMUNITARIA

RESOLUCIÓN N° 173/ GCABA/ SSCRYAC/ 05

CUNUMI S.A. - SE DESESTIMA DENUNCIA DE ILEGITIMIDAD - SANCIONES A EMPRESAS - MULTAS - INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL - LICITACIÓN PÚBLICA 5-04

Buenos Aires, 15/07/2005

Visto el Expediente N° 81/04 y la Resolución N° 68-SSCRyAC/05 y;

CONSIDERANDO:

Que, por la resolución citada en el visto se sancionó a la empresa Cunumi S.A. con una multa de $ 1.471,42 (pesos un mil cuatrocientos setenta y uno con cuarenta y dos centavos), en razón del incumplimiento del plazo contractual por veinticinco (25) días, dentro del marco de la Licitación Pública N° 5/04;

Que, la empresa fue notificada por cédula de la penalidad aplicada el día 3 de mayo de 2005 (fs. 1.087);

Que con fecha 26 de mayo próximo pasado, la firma Cunumi S.A. presenta recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio;

Que toda vez que el recurso fue presentado fuera del término previsto por el Decreto N° 1.510-GCABA/97, corresponde considerar dicha presentación, conforme a lo dispuesto por el artículo 94 de la normativa señalada como denuncia de ilegitimidad;

Que en cuanto al fondo de la cuestión y siguiendo el criterio sustentado en la Resolución N° 68-SSCRyAC/05, debe entenderse que el denunciante no aporta elementos nuevos que hagan rever la medida impuesta por el acto administrativo atacado;

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN DE RECURSOS

Y ACCIÓN COMUNITARIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Calificar como denuncia de...

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